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El Gobierno reestructura el Banco Nacional de Datos Genéticos y redefine su funcionamiento

Mediante el Decreto 58559/25, el Ejecutivo nacional convirtió al BNDG en organismo desconcentrado. La medida establece su nueva dependencia jerárquica bajo la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología e introduce una nueva estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo, sin modificar su autonomía técnica.

Los test genéticos no son solo el futuro de la medicina, sino una realidad que ya está transformando vidas. Foto: Efe.
Los test genéticos no son solo el futuro de la medicina, sino una realidad que ya está transformando vidas. Foto: Efe.

El Poder Ejecutivo oficializó, a través del Decreto 58559/25 publicado en el Boletín Oficial, la transformación institucional del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), que pasará de ser un organismo descentralizado a un organismo desconcentrado dependiente de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete de Ministros. La medida modifica su encuadre administrativo, aprueba una nueva estructura organizativa y actualiza su marco normativo.

El BNDG fue creado por la Ley 23.511 con el objetivo de recolectar y conservar información genética destinada a facilitar la determinación de identidad y resolución de conflictos de filiación, en particular vinculados con crímenes cometidos durante la última dictadura. Posteriormente, la Ley 26.548 estableció su autonomía funcional, condición que se mantiene bajo el nuevo régimen.

La modificación surge en el marco del Decreto 351/25, dictado en ejercicio de la delegación legislativa autorizada por la Ley 27.742. A partir de ahora, el organismo actuará bajo supervisión de la mencionada Secretaría, con un esquema que, según se establece en el texto, no afecta su especificidad científica ni la inviolabilidad de los datos procesados.

El decreto sustituye el objetivo N° 40 de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, que ahora tendrá bajo su control tutelar al ENACOM, ANPIDTI, CONICET y CONAE. Además, se incorpora el objetivo N° 41, que dispone la supervisión del BNDG, promoviendo su fortalecimiento institucional y asegurando la confidencialidad de su información.

Junto con el nuevo marco de dependencia, se aprueba una estructura organizativa que incluye niveles operativos de primer y segundo grado. Los anexos correspondientes definen los organigramas, responsabilidades primarias y acciones que el BNDG deberá cumplir. Asimismo, se homologa y actualiza la inclusión de cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), conforme a las disposiciones vigentes.

En ese sentido, se derogan disposiciones anteriores, entre ellas el artículo 22 del Decreto 38/13, que establecía el rango del Subdirector Administrativo del organismo, y la Decisión Administrativa 557/22, que aprobaba una estructura previa ya desactualizada. Se faculta al Jefe de Gabinete a introducir nuevas modificaciones estructurales, siempre que no impliquen aumento en la cantidad de unidades organizativas ni en las partidas presupuestarias.

La norma también aclara que los gastos derivados de su implementación se financiarán con las asignaciones presupuestarias específicas de la Jefatura de Gabinete, sin requerir ampliaciones adicionales.

Con esta disposición, el Gobierno busca consolidar el nuevo diseño institucional de los organismos científicos y tecnológicos bajo una lógica de reorganización del Estado, conservando las capacidades técnicas de aquellos con funciones estratégicas como el BNDG. La medida entró en vigencia el mismo día de su publicación.