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El Gobierno impulsa un nuevo fondo para el pago de indemnizaciones

El Gobierno oficializó, a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV), una nueva reforma en el sistema de pago de indemnizaciones.

El Boletín Oficial de este lunes incluyó la Resolución General 1071/2025, en la cual delimita el marco regulatorio de los "Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral", según se denominan estos nuevos instrumentos; instrumentos que llegan como alternativa a las indemnizaciones por antigüedad y otros estilos ya vigentes en los diferentes rubros del mercado de trabajo.

La CNV fijó nuevos requisitos para fideicomisos financieros.
La CNV dictó las nuevas normativas relativas a las indemnizaciones. Foto: Archivo

La CNV dictó las nuevas normativas relativas a las indemnizaciones. Foto: Archivo

Según Federico Sturzenegger, ministro de de Desregulación y mandamás de la motosierra del Gobierno Nacional, estos instrumentos quedan aprobados por el artículo 96 de la Ley Bases. Este punto de la legislación permite armas su propio sistema de indemnización a cada convención colectiva. La participación termina siendo voluntaria, tanto para empresas como trabajadores, que pueden acordar a su gusto las condiciones particulares.

Así, los Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral permiten acumular fondos en lo que la CNV denomina "Fondos Comunes de Inversión Abiertos". Los trabajadores y empleadores puede pactar un porcentaje de la remuneración y un monto fijo que el empleador aportará. También, las contribuciones pueden ser realizadas por ambas partes, mismo a nivel individual, como empresa o nivel sector. Si los aportes tienen su origen en el empleador, estos serán cedidos "en condición suspensiva a favor del trabajador". Es decir, que el trabajador adquiere derechos sobre ellos bajo ciertas condiciones.

Las dos nuevas modalidades de indemnizaciones

En primer lugar, están los Fondos Comunes de Inversión (FCI) de Cese Laboral. Una vez que se produzca el cambio de las cuotapartes a favor del trabajador, este podrá disponer libremente de ellas pero no podrá efectuar nuevas suscripciones en el Fondo Común de Inversión. Además, no se va a permitir la adquisición de valores negociables o instrumentos financieros emitidos por los empleadores, mientras que los fondos deberán "evitar una concentración por industria mayor al 30% del patrimonio neto del FCI".

Por otro lado, se podrá adherir a Fideicomisos Financieros (FF) de Cese Laboral. Al contrario de los FCI, no deben contar con un prospecto previo a aprobar por la CNV. Se permitirá la incorporación de fiduciantes durante la vigencia del fideicomiso y solo podrán emitir "certificados de participación". En cuanto a los instrumentos emitidos por empleadores y la concentración por industria, deberán seguir las mismas reglas que los FCI. A su vez, serpa posible la participación de un Comité de Inversiones o un Asesor de Inversiones, siempre que no haya una vinculación con una asociación sindical y que los costos sean "razonables y transparentes".