El extitular de la Administración General de Vialidad provincial de Santa Cruz logró el arresto domiciliario
La Cámara Federal de Casación le concedió el beneficio a Raúl Pavesi por su edad y su estado de salud. Estuvo detenido en el penal de Ezeiza luego de entregarse en Comodoro Py el pasado 18 de junio.

Raúl Pavesi extitular de la Administración General de Vialidad provincial de Santa Cruz
Por unanimidad la Cámara Federal de Casación Penal, revocó la decisión del tribunal Oral Número 2 y le concedió el arresto domiciliario Raúl Gilberto Pavesi, extitular de la Administración General de Vialidad provincial de Santa Cruz quien fue condenado a cuatro años y medio de prisión por administración fraudulenta en la causa vialidad.
La defensa de Pavesi había reclamado el pasado 10 de julio que se le concediera el arresto domiciliario invocando no solo que tiene 74 años, edad que lo habilita a solicitarlo, sino también cuestiones relacionadas con su salud.
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El exfuncionario santacruceño presenta problemas cardíacos, diabetes y apnea del sueño que lo obligan a usar un respirador nocturno y lo convierten en electrodependiente. Ante ese estado, sus abogados señalaron que las condiciones de la cárcel no garantizan la atención médica ni el suministro eléctrico necesario.
El juez Jorge Gorini, a cargo de la ejecución de la condena, señaló que “la razón por la cual la causal etaria ha sido incluida como motivo para exceptuar a una persona condenada del cumplimiento de la pena de prisión en el sistema penitenciario es de orden humanitario y directamente vinculada con ciertas condiciones específicas que normalmente vienen de la mano del envejecimiento; en definitiva, subyace la noción de mayor vulnerabilidad que es inherente a esa etapa de la vida”.
La defensa de Pavesi además destacó que, durante su permanencia en penal de Ezeiza, se produjeron episodios que afectaron directamente su integridad física y psíquica, entre ellos agresiones por parte de otro interno al tiempo que señaló que el complejo penitenciario no reúne las condiciones necesarias para garantizar la continuidad de sus tratamientos ni la seguridad indispensable para su estado clínico por lo que recurrieron el rechazo ante el máximo tribunal penal del país.
Allí, los camaristas de la sala IV: Mariano Borisky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña señalaron que “si bien la edad no habilita sin más la aplicación del instituto, criterio que requiere de un análisis razonado, prudente y contextual de las circunstancias particulares del caso. Dicho examen debe considerar, entre otros factores, el estado de salud de la persona condenada, las condiciones materiales de su detención, el alcance de la condena impuesta y los fines propios del derecho de ejecución penal”.
Finalmente, y tras evaluar los diversos informes solicitados al cuerpo médico forense y al servicio penitenciario federal, los jueces de casación concluyeron que el exfuncionario santacruceño se encuentra en una situación de alta vulnerabilidad sanitaria, por lo que encomendaron al TOF 2 disponer el cumplimiento de la pena privativa de libertad en el domicilio que disponga Pavesi y el monitoreo y controles médicos periódicos.