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El Colegio de Abogados de la Ciudad advirtió que la reforma laboral pone en riesgo el patrimonio de los letrados

La institución que preside Ricardo Gil Laavedra cuestionó dos artículos clave del proyecto y le pidió a la Cámara de Diputados que, previo a votar, mida el impacto real sobre el ejercicio de la abogacía.

Ricardo Gil Lavedra seguirá al frente del Colegio de Abogados de la Capital Federal
Ricardo Gil Lavedra seguirá al frente del Colegio de Abogados de la Capital Federal

El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) envió una carta formal al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y a los referentes de las 19 bancadas parlamentarias manifestando el perjuicio que genera la reforma laboral directamente en el ejercicio profesional de la abogacía. El documento, firmado por Ricardo Gil Lavedra, titular de la institución, apuntó con precisión a los artículos 20 y 277 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo y detalló por qué generan alarma.

Responsabilidad patrimonial y el riesgo de la "pluspetición inexcusable"

El primero de los puntos críticos tiene que ver con la “pluspetición inexcusable”. Según el texto propuesto para el artículo 20, si un juez determina que un abogado reclamó créditos por encima de lo que correspondía, ese letrado podría quedar obligado a responder por las costas del juicio con su propio patrimonio, en forma solidaria junto a su cliente. El Colegio advirtió que la figura es ambigua y que esa imprecisión introduce “un riesgo patrimonial directo para el y la profesional actuante, quien ejerce la defensa técnica en procura del reconocimiento de derechos”.

La entidad también señaló que ya existen herramientas procesales para sancionar la temeridad o la malicia profesional, y que crear una figura de este tipo solo para el fuero laboral constituye, a su criterio, una discriminación inaceptable respecto de quienes ejercen en otras ramas del derecho, donde no rige ninguna restricción similar.

El impacto del pago en cuotas y las restricciones en el fuero laboral

El artículo 277 genera una preocupación de otro orden, pero igual de concreta: la reforma habilita el pago en cuotas de las sentencias condenatorias en juicios laborales, incluyendo tanto los créditos que les corresponden a los trabajadores como los honorarios de sus abogados. El CPACF recordó que todos esos conceptos tienen naturaleza alimentaria, y que históricamente el derecho del trabajo les otorga un trato preferente justamente por eso. Permitir el fraccionamiento de esos pagos, sostiene la institución, coloca a estos acreedores en una posición más desfavorable que a quienes obtienen sentencias en otras áreas judiciales.

El Colegio también cuestionó un tercer punto: la incorporación en el mismo texto de los límites que el Código Civil y Comercial establece para el pago de costas. Combinado con el principio de gratuidad que rige en el fuero laboral, ese cap para los honorarios operaría como un desincentivo concreto para que los abogados elijan esta especialidad.

Por último, la carta de Gil Lavedra se refirió a la incorporación del “stare decisis”, la doctrina que obliga a los jueces a seguir los precedentes de la Corte Suprema. El Colegio no se opuso a esa idea en términos generales, pero sí a que se aplique únicamente a los magistrados del fuero laboral: aplicar esa exigencia solo a una rama del Poder Judicial, argumentaron, no tiene justificación razonable.

Finalmente, el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal le pidió a los legisladores que, antes de votar, analicen con detenimiento el impacto que estas reformas tendrían sobre la profesión y sobre quienes dependen de ella para hacer valer sus derechos.