Duro revés de la Corte a un exfuncionario de la DGE echado por compras irregulares
Los jueces Adaro y Palermo confirmaron la cesantía de un agente estatal que desempeñaba un cargo político en 2010 y había sido sancionado por una compra irregular de computadoras, impresoras y toner.

El Gobierno aplicó la sanción de cesantía a cuatro empleados públicos.
Rodrigo D'Angelo / MDZLa Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó la cesantía de un empleado público que fue ex funcionario de la Dirección General de Escuelas (DGE), quien había sido sancionado por una compra irregular de computadoras, impresoras y toner durante 2010.
Los jueces Mario Adaro y Omar Palermo firmaron la sentencia rechazando la acción procesal administrativa impulsada por Carlos Adolfo González, ex director de Administración, Tecnología y Recursos Humanos de la DGE entre 2010 y 2011, durante la gestión de Carlos López Puelles como director de Escuelas.
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González fue multado junto a otros dos ex funcionarios de la DGE por el Tribunal de Cuentas por una compra irregular de computadoras, impresoras y toner realizada en 2010. Asimismo, el órgano de control le impuso un cargo de $912.780 a estas personas. A su vez, el ex director de Administración posteriormente también fue sancionado y emplazado a devolver $1.256.385 por el alquiler irregular de computadoras.
Tras este hecho, la DGE inició un sumario administrativo ya que las tres personas involucradas tenían cargos de planta en el Estado. Finalmente, en 2018 se dispuso la sanción de cesantía contra los tres agentes.
Los despedidos fueron la ex directora Financiero-Contable Bibiana Nieto, el ex director de Administración, Tecnología y Recursos Humanos Carlos González, y el ex coordinador de Infraestructura y Tecnología Informática Marcelo Federicci. Tras concluir las funciones en estos cargos políticos, siguieron desempeñándose en cargos de planta de la DGE.
La resolución fue apelada por González, quien interpuso una acción procesal administrativa ante la Corte pidiendo la anulación de la medida y ser restituido en el cargo de planta que tenía en la DGE. En la presentación solicitó que se ordene al gobierno escolar el dictado de un nuevo acto administrativo por el que se disponga el sobreseimiento o se le imponga una sanción no expulsiva acorde a la gravedad de la falta.
Una compra irregular, despido y pedido de nulidad
La operación observada por el Tribunal de Cuentas y que motivó la cesantía de González fue una licitación del año 2010 para la compra de equipamiento informático que ganó la empresa Info Cuyo SA. La DGE buscaba adquirir 700 PC, 700 impresoras con dos cartuchos de toner originales adicionales. A mediados de 2013, el Tribunal de Cuentas emite un fallo cuestionando la operación.
El órgano de control indicó que existían remitos duplicados y aparecían distintas escuelas como destino del equipamiento informático. Asimismo, observaron que 59 computadoras y 15 impresoras no tenían respaldo documental, así como 7 unidades de PC y 7 impresoras habrían sido entregadas a escuelas que no existían. Ya en 2015 se vuelve a emitir un fallo del Tribunal de Cuentas multando a los funcionarios y emplazando a devolver 1,2 millones de pesos.
Luego de la DGE inició un sumario administrativo que concluyó con la cesantía de los agentes apuntados en septiembre de 2018.
Esa disposición fue apelada ante la Suprema Corte por González. Alegó que el Tribunal de Cuentas solo sancionó a tres personas, mientras al resto no se les impuso ningún tipo de sanción y advirtió que, de acuerdo al orden jerárquico del organigrama, solo se sancionó a quienes ocupaban el sexto, séptimo y décimo lugar en la jerarquía de la DGE y sostuvo que “se aplicaron sanciones más graves a quienes tienen menos responsabilidades”.
“Pareciera que se hizo una investigación que terminó con sanciones a personas concretas como si se tratase de una operación quirúrgica que llegó solamente a tres personas, sin analizar lo que fue la realidad de los hechos, funciones y responsabilidades de cada uno”, expresó.
Asimismo, expresó que “lo ocurrido en el año 2010 solamente pudo haberse sancionado en una fecha que no podría haber excedido los 5 años, es decir hasta el año 2015. Agrega que lo mismo cabe con relación a las fechas de los Fallos del HTC, que también están vencidos”.
El revés de la Corte
El ex funcionario planteó que fue cesanteado en 2018, y el hecho imputado ocurrió en 2010, por lo que argumentó que había prescrito el plazo para ser sancionado. Sin embargo, los jueces Adaro y Palermo resaltaron que “el procedimiento sumarial objeto de impugnación en esta causa y que derivó en la determinación de la sanción cuestionada, no insumió un plazo irrazonable, excesivo o dilatorio, por lo que no puede entenderse configurado en el acto cuestionado vicio alguno al respecto”.
Los magistrados hicieron hincapié en que González “no pudo dejar de reparar en los deberes a su cargo que resultaron por él incumplidos, esencialmente a través de aquellas omisiones y/o descuidos que, si bien se consumaron en un contexto que presentó una complejidad y aristas como las reseñadas, no resultan pasibles de exculpación y posibilitaron un riesgo que culminó por consumarse en el perjuicio patrimonial ocasionado a la administración por las erogaciones sin justificar en cuestión”.
A su vez, en la sentencia advirtieron que la sanción disciplinaria aplicada al agente estatal “no se exhibe ilegítima” y que los fundamentos de las autoridades provinciales estaban bien basados en los antecedentes expuestos.
En cuanto a la resolución de la DGE que dispuso la cesantía de González, los magistrados sostuvieron que “el acto administrativo se encuentra correctamente motivado y en un todo en consonancia con la plataforma fáctica y el derecho aplicable”.
Por esta razón, rechazaron la acción procesal administrativa y confirmaron la cesantía de Carlos González en su cargo de planta Clase 10, por las irregularidades apuntadas mientras fue funcionario de la DGE en 2010.