Decisión excepcional: cambiaron al defensor oficial del juez Sarmiento para que avance el Jury
La Defensoría General de Mendoza asignó una nueva defensora de pobres y ausentes al magistrado que enfrenta una denuncia por mal desempeño ante el Jury de Enjuiciamiento.

La Defensoría General de Mendoza cambió el defensor oficial que había asignado al juez Sebastián Sarmiento en el marco del Jury de Enjuiciamiento que afronta tras ser denunciado por mal desempeño en sus funciones. El magistrado había rechazado el primer defensor que se le había asignado, porque tenía asiento en el sur provincial, y ahora su defensa estará a cargo de una abogada del Gran Mendoza. Se trata de una decisión “excepcional” que se tomó para evitar demoras en el proceso en contra del juez de Ejecución Penal.
El juez Sarmiento enfrenta un proceso de juicio político que podría concluir en su destitución como Juez de Ejecución Penal. Se lo acusa de mal desempeño a raíz de algunos casos en los que en los que el magistrado habría otorgado libertades condicionales improcedentes a personas que volvieron a cometer delitos graves.
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Hace un mes el Jury de Enjuiciamiento decidió avanzar con el análisis de la denuncia y corrió traslado para que el juez presente su defensa. En ese contexto, Sarmiento decidió no contratar a un abogado particular y solicitó que un defensor oficial de pobres y ausentes se encargue de defenderlo.
Originalmente el Ministerio Público de la Defensa había asignado a Jorge Martín Luque como defensor de Sarmiento. Sin embargo, el magistrado que enfrenta el Jury había objetado ese nombramiento porque se trataba de un defensor de la Segunda Circunscripción Judicial del sur provincial, más precisamente con asiento en General Alvear.
Sin embargo, en las últimas horas la Defensora General de la provincia, Cecilia Saint André, dejó sin efecto la designación original de Luque y confirmó que la defensa del juez estará a cargo de la defensora oficial de pobres y ausentes Cecilia Pedrazzoli, de la Primera Circunscripción.
Un cambio “excepcional”
La decisión de la defensora general Saint André se tomó de manera “excepcional”, según señala la Resolución Nº 149/2025, con el objetivo de destrabar el procedimiento de enjuiciamiento, que se encontraba paralizado por la insistencia del magistrado acusado en rechazar la designación del defensor oficial Luque.
Sarmiento había cuestionado la validez del nombramiento de un defensor de otra circunscripción y planteó que ello afectaba su derecho de defensa, lo que derivó en sucesivas presentaciones ante el Tribunal de Enjuiciamiento.
La defensora general contestó la solicitud de rechazo de Sarmiento ratificando la validez de la designación oficial, pero decidió avanzar con el nombramiento de una nueva defensora oficial para evitar la dilación del proceso de juicio político.
En la resolución mencionada se argumenta que, si bien la designación inicial fue legítima y ajustada a derecho, “el mantenimiento de la controversia estaba generando un grave retardo en la causa”. Por ese motivo, y para garantizar la continuidad del proceso de Jury, se dispuso el cambio de defensor.
La defensora oficial destacó que a modo de recaudo “resultaba imprescindible que el magistrado designado no pertenezca a la misma circunscripción donde el Sr. Juez, ahora acusado ejercía sus funciones, es decir la Primera Circunscripción”.
Esto se debe a que si Sarmiento fuere absuelto o las acusaciones no prosperasen, la interacción futura entre el juez y un defensor oficial de la Primera Circunscripción donde ejerce el magistrado, se vería comprometida. Siguiendo esta hipótesis, cada vez que el defensor oficial que asistió a Sarmiento deba actuar en el juzgado de éste, se provocaría una circunstancia que afectaría la imparcialidad.
De todas maneras, desde la conducción del Ministerio Público de la Defensa consideraron que la oposición de Sarmiento a la designación del defensor oficial estaba “provocando un grave retardo en la continuación del curso normal de procedimiento” de Jury.
“Toca en este caso especial, valorar el fin último del servicio de justicia y el derecho de la sociedad, designando un Defensor Oficial de la Primera Circunscripción Judicial, a fin salvaguardar la continuidad del procedimiento ya que el derecho de defensa fue y permanece garantizado, desde la primera solicitud del Dr. Sarmiento”, expresó Saint André.
A su vez, agregó que “nos encontramos frente a un caso excepcional y que no implica de ningún modo, desvanecer o retrotraer la argumentación referida al fondo de la cuestión planteada” e hizo hincapié en que la decisión “es de carácter excepcional y en salvaguarda del sistema de justicia”.