Presenta:

Confirman el procesamiento de Vanina Biasi por dichos antisemitas

La Cámara Federal Porteña ratificó la decisión el juez Daniel Rafecas, que determinó que la diputada violó la ley antidiscriminatoria por comparar al Estado de Israel con el régimen nazi.

La legisladora Vanina Biasi.

La legisladora Vanina Biasi.

La Sala I de la Cámara Federal Porteña confirmó el procesamiento de la Diputada Nacional del Frente De Izquierda de los Trabajadores, Vanina Biasi, quien, a través de su cuenta en “X” publicó al menos 8 mensajes con contenido antisemita.

Para los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, existió una extralimitación de la garantía de la libertad de expresión por parte de la legisladora. Por otra parte, los jueces del tribunal de alzada también convalidaron el embargo en su contra de 10 millones de pesos ordenado por el juez Daniel Rafecas.

La investigación se originó a partir de una denuncia del fiscal Carlos Stornelli, en la que se señalaron ocho publicaciones realizadas por Biasi entre noviembre de 2023 y enero de 2024, en medio del conflicto en la Franja de Gaza. En sus mensajes, la diputada empleó frases como “el Estado sionista es nazi ”, “sionismo es genocidio” y “los nazis sionistas necesitan destruir la ayuda humanitaria”, entre otras.

Los jueces enfatizaron que el uso de términos cargados de connotaciones históricas profundamente traumáticas para el pueblo judío, tales como “nazismo” u “Holocausto”, apuntando a calificar la conducta de un gobierno, “no solo banaliza eventos de extrema gravedad histórica y jurídica, sino que -en el contexto empleado- se evidencian como una forma de estigmatización que alcanza a todo ciudadano de esa nación, más allá de sus posiciones políticas o nacionales”.

La decisión deja a Biasi al borde del juicio oral cuál los camaristas, sin perjuicio de la valoración que hicieron sobre el descargo de la legisladora, señalaron que “podrá efectuarse un análisis integral, confrontativo y definitivo de tales circunstancias, por resultar esta la etapa procesal propicia y específica para ello, conforme a los principios de oralidad, inmediación, contradicción y continuidad que la caracterizan, arribando al estado de certeza respectivo”.