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Cómo impactaría el cambio en la Ley de Glaciares en Mendoza

La modificación que propone el Gobierno le da potestad a las provincias para determinar qué glaciares son estratégicos y cuáles no. Quitarían la protección a los cuerpos de hielo que no sean considerados reservas de agua. Cuántos glaciares hay en Mendoza.

Glaciar cubierto en la Quebrada Manantiales

Glaciar cubierto en la Quebrada Manantiales

Inventario de glaciares Ianigla

El Gobierno nacional envió el proyecto para modificar la Ley de Glaciares, tras varios años de análisis, lobby y dudas. Es que el intento de cambio excede al propio Javier Milei, pues es durante los gobiernos anteriores las provincias mineras y las empresas del sector ya gestionaban modificaciones a esa norma que fue sancionada en 2010.

El proyecto de Milei tiene dos claves. La primera, es reconocer a las provincias como "propietarias" del recurso y quienes establecerán, como tales, los glaciares que sean estratégicos y los que no. La otra es la relajación de las restricciones y la protección sobre las áreas de glaciares al considerar que solo están protegidos por la ley los glaciares que son "reserva estratégica de recursos hídricos y proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas". Los cuerpos de hielo que las provincias determinen que no cumplen esa función, dejarían de estar protegidos y, por lo tanto, las actividades que antes estaban prohibidas se permitirían.

El principal destino de ese cambio es la minería, pues es la actividad extractiva que entró en tensión con la ley de glaciares porque comparten superficies. A diferencia de lo que se mencionaba en los discursos políticos, el proyecto no redefine ni regula categorías dentro de los glaciares. Sí establece que las provincias deben determinar cuáles son motivo de protección y cuáles no, con el asesoramiento del IANIGLA, pero con criterio propio. Así, hasta puede haber cuerpos de hielo descubiertos que queden fuera del amparo de la ley si es que se establece que no cumplen una función hídrica relevante.

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"La protección de los glaciares y del ambiente periglacial en los términos del párrafo anterior y de los artículos 6°, 7° y 8° de la presente ley deberá interpretarse de un modo compatible con el artículo 41 de la Constitución Nacional, que dispone la utilización racional de los recursos naturales existentes en las provincias, dueñas originarias de los mismos según el artículo 124 de la Constitución Nacional, de un modo que atienda a las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”, dice el agregado al artículo 1 de la ley que propone el Gobierno.

La Constitución nacional reformada en 1994 reconoce la propiedad de los recursos naturales a las provincias. Hasta ahora se había tomado sobre los recursos naturales no renovables como el petróleo y la minería; pero ahora lo mencionan explícitamente sobre un recuso natural renovable y, pero sensible y en retroceso como los glaciares. "El rápido retroceso de los glaciares en Los Andes y otras regiones montañosas del mundo es generalmente considerado como una señal de alarma a escala global al ser uno de los signos más claros del calentamiento que ha experimentado la superficie terrestre en las últimas décadas", advierten desde el IANIGLA en los informes del Inventario. Allí se mencionan los retrocesos marcados de glaciares como el Plomo, uno de los más importantes, y el Glaciar Piloto, que perdió más de 15m en tres décadas.

Quién controla

La ley reconoce a las provincias como Autoridad Competente y la modificación propuesta amplía las facultades de cada distrito. Es que son las provincias las que deberán determinar, si se aprueba la modificación, qué glaciares son relevantes desde el punto de vista hídrico. La propuesta del Gobierno agrega un bis al artículo 3, donde se especifica que dejan de estar protegidos los glaciares que no cumplan un rol ambiental relevante, según lo que determinen las provincias. "A partir del momento en que la autoridad competente constate que un glaciar o geoforma periglacial incluido en el Inventario Nacional de Glaciares no cumple con alguna de las funciones previstas en el primer párrafo del artículo 3°, se considerará que el glaciar o la geoforma periglacial en cuestión no están alcanzados por las previsiones de la presente ley, sin perjuicio de la protección general que le corresponda con arreglo a la Ley General del Ambiente N° 25.675 y demás normas aplicables”, dice el proyecto.

Glaciar Tambillos Mendoza uspallata Ianigla
El glaciar Tambillos está en Uspallata en la provincia de Mendoza.

El glaciar Tambillos está en Uspallata en la provincia de Mendoza.

Incluso le da a las provincias la potestad de sacar del inventario los glaciares que consideren que no son estratégicos. "Cuando la autoridad competente constate que un glaciar o ambiente periglacial incluido en el Inventario Nacional de Glaciares no cumple con alguna de las funciones a las que se hace referencia en el primer párrafo del artículo 3°, deberá informar dicha circunstancia al mencionado Instituto, quien deberá eliminarlo del Inventario Nacional de Glaciares", propone el Gobierno.

La ley sancionada en 2010 fue el segundo intento de protección de la "caja de ahorro" de agua que tienen las provincias cordilleranas, particularmente en Los Andes Centrales (donde está Mendoza). Tras la sanción, se realizó el primer Inventario Nacional de Glaciares. Según ese relevamiento, en Mendoza hay 4.172 glaciares, que cubren una superficie de 1.239 kilómetros cuadrados. De ese total, solo 527 Km2 son de glaciares descubiertos. Esta mañana, el gobernador Alfredo Cornejo habló sobre el proyecto de modificación de la Ley de Glaciares y mencionó que desde que se sancionó la norma no se había hecho el Inventario. En realidad sí se hizo y, de hecho, está en proceso la actualización.

En Mendoza hubo un cambio importante en el organigrama que también influiría en el futuro sobre la autoridad de aplicación. Se supone que la Secretaría de Ambiente sería el organismo encargado. Desde el 2023 esa repartición se fusionó y quedó subordinada al Ministerio de Energía, donde también está la Dirección de Minería.

El Inventario realizado en Los Andes Centrales tiene un extenso capítulo para Mendoza. El trabajo se dividió en 10 cuencas y subcuencas. Por la coyuntura, los que más importancia tienen y pueden entrar en tensión son las relacionadas con la subcuenca del Río Grande, donde están la mayoría de los proyectos mineros de exploración del llamado Distrito Minero Malargüe Occidental. De hecho, en la segunda etapa de ese plan hubo dos proyectos que fueron descartados por completo y la mayoría tiene advertencias por la extensa superficie de glaciares que hay en los alrededores. Por eso se solicitaron estudios específicos y también delimitar el área de trabajo.

Si la ley se modifica, la provincia tendría más poder, pero las decisiones deberían estar fundadas en elementos técnicos. La clave es si los glaciares cumplen o no alguna función hídrica como "reserva estratégica de recursos hídricos y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas". La provincia tiene una ventaja desde el punto de vista técnico, pues el IANIGLA tiene sede en Mendoza y gran parte de los especialistas están radicados acá. Por eso, por ejemplo, hubo consultas específicas sobre los proyectos del Distrito Minero Malargüe y también sobre Cerro Amarillo. El Distrito, por ejemplo, tiene un protocolo especial para los glaciares. "Alrededor de cada glaciar cualquiera sea su tipo, se establece un área de cautela de radio de 500 metros medido a partir su contorno. En dicha área no puede realizarse ningún tipo de trabajo. A 100 metros a los lados de cada margen de cauces superficiales, se establece un área de cautela en la cual no puede realizarse ningún tipo de trabajo", determina el plan de manejo del Distrito Minero.

Ley de glaciares modificación