Causa vialidad: Cristina Fernández Kirchner seguirá con tobillera electrónica y régimen de visitas controlado
El magistrado Rodrigo Giménez Uriburu desestimó el planteo de la expresidenta y mantuvo las condiciones de su prisión domiciliaria, próximo a cumplir un año, donde además buscaba ampliar el uso de la terraza.
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EFEEl Tribunal Oral Federal Número 2 rechazó un nuevo pedido presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner para flexibilizar las condiciones bajo las cuales cumple prisión domiciliaria en el marco de la causa Vialidad y resolvió mantener sin cambios el régimen de visitas, el monitoreo electrónico mediante tobillera y las restricciones para utilizar la terraza de San José 1111.
La decisión fue adoptada por el juez Rodrigo Giménez Uriburu, a cargo de la ejecución de la condena de la exmandataria por administración fraudulenta, quien concluyó que no existen elementos novedosos que justifiquen alterar las condiciones fijadas cuando se otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria ni aquellas que posteriormente fueron ratificadas por instancias superiores.
En el pedido impulsado por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, solicitaron el levantamiento de diversas restricciones argumentando que la exmandataria ha cumplido de manera estricta todas las reglas de conducta impuestas desde que comenzó a ejecutar la pena bajo prisión domiciliaria, el 17 de junio de 2025.
Entre los principales planteos, Berardi y Llernovoy pidieron eliminar el actual régimen de visitas o, subsidiariamente, volver al esquema original. También reclamaron que se retirara el dispositivo de monitoreo electrónico y que se eliminaran las limitaciones horarias para acceder a la terraza del inmueble ubicado en el barrio porteño de Constitución.
Los defensores señalaron que la ausencia de incumplimientos, la inexistencia de riesgos de fuga y algunas cuestiones vinculadas a la salud de la expresidenta justificaban una flexibilización progresiva de las medidas de control. Por su parte, el fiscal Sergio Mola solicitó rechazar íntegramente el planteo.
El juez Rodrigo Giménez Uriburu coincidió con la postura de Mola y señaló que la cuestión “no se vincula con la procedencia originaria de la prisión domiciliaria concedida, ni con la legalidad de las reglas de conducta que actualmente rigen su ejecución".
Dicho en otras palabras, el correcto cumplimiento de las reglas de conducta no constituye por sí mismo un motivo para modificar el esquema vigente, sino precisamente la razón por la cual Fernández de Kirchner continúa beneficiándose con la modalidad domiciliaria de cumplimiento de la pena. Por otra parte, el magistrado recordó que las condiciones de detención domiciliaria ya fueron revisadas en varias oportunidades por la Cámara Federal de Casación Penal.
Sobre el régimen de visitas, el TOF 2 remarcó que las restricciones actuales no tienen una finalidad punitiva adicional, sino que responden a criterios de organización y supervisión destinados a garantizar el adecuado cumplimiento de la condena y que las reglas vigentes buscan preservar "la tranquilidad del entorno y el normal desenvolvimiento del domicilio que la propia condenada ofreció para el cumplimiento de la pena".
Para los defensores de Cristina, el uso de la tobillera electrónica ya no era necesario por su comportamiento durante el último año. No obstante, el tribunal recordó que la ley establece como regla general el monitoreo electrónico para quienes cumplen prisión domiciliaria y que su dispensa constituye una excepción que requiere circunstancias especiales debidamente acreditadas.
En ese sentido, Rodrigo Giménez Uriburu destacó que “la utilización del dispositivo constituye la regla legal establecida por el legislador, mientras que su dispensa reviste carácter estrictamente excepcional", razón por la cual no existen impedimentos médicos, técnicos ni operativos que justifiquen apartarse del régimen previsto por la legislación.
Finalmente, el TOF 2 también rechazó el pedido para ampliar el uso de la terraza del edificio ubicado en la calle San José 1111, recordando que ese permiso fue otorgado posteriormente a la concesión de la prisión domiciliaria por razones vinculadas al bienestar y la salud de la expresidenta, y que actualmente puede utilizar ese espacio una vez al día, durante un máximo de dos horas y en horario diurno.
La resolución también abordó observaciones formuladas por la fiscalía sobre concentraciones de militantes y simpatizantes en las inmediaciones del domicilio de Fernández de Kirchner. En este punto, el juez Rodrigo Giménez Uriburu concluyó que no existen pruebas que permitan atribuir a la expresidenta conductas incompatibles con las reglas de cumplimiento de la pena ni informes que aconsejen adoptar nuevas restricciones.