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Alfredo Cornejo autorizó a un intendente radical a tomar deuda por $10 mil millones

El gobernador firmó el decreto que habilitó al intendente de la Ciudad de Mendoza a contraer un préstamo con el agente financiero de la comuna.

Alfredo Cornejo autorizó al intendente de Capital, Ulpiano Suarez, a endeudarse con el agente financiero de la comuna.

Alfredo Cornejo autorizó al intendente de Capital, Ulpiano Suarez, a endeudarse con el agente financiero de la comuna.

Maru Mena / MDZ

El Gobierno de Mendoza autorizó a la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza a tomar un crédito de $10 mil millones. La Municipalidad de Capital había solicitado la autorización para contraer un préstamo con el Banco Galicia por $10 mil millones y a través del Decreto Nº 962, publicado este martes en el Boletín Oficial, el gobernador Alfredo Cornejo habilitó la operatoria.

El Banco Galicia es el agente financiero de la Ciudad de Mendoza y la comuna cuenta con una autorización para hacer uso del crédito por hasta dos masas salariales brutas del personal municipal.

Alfredo Cornejo, Ulpiano Suarez
El crédito fue solicitado por el intendente Ulpiano Suarez, de la Ciudad de Mendoza.

El crédito fue solicitado por el intendente Ulpiano Suarez, de la Ciudad de Mendoza.

Condiciones del préstamo

La norma oficializada este martes establece una serie de condiciones que tendrá el millonario préstamo al que accederá la comuna conducida por el intendente Ulpiano Suarez.

El crédito tendrá las siguientes características:

  • Plazo de amortización: La amortización se realizará en cinco años; en diez cuotas semestrales o sesenta mensuales de capital e intereses por sistema alemán de amortización.
  • Periodicidad del pago de las cuotas y de los intereses: Semestral o mensual.
  • Período de Gracia: Un año para el pago de capital solo devengando intereses en dos pagos semestrales o doce mensuales.
  • Tasa de interés: Durante todo el plazo de vigencia de la financiación, la tasa de interés a aplicar será Badlar de Bancos Privados 30/35 días, publicada por el BCRA, con más seis coma veinte por ciento (6,20%).
  • Garantía: Se autoriza al Departamento Ejecutivo a afectar en garantía los recursos que le correspondan dentro del régimen de Participación Municipal previsto en la Ley Nº 6396 y modificatorias y/o la que en el futuro la modifique o sustituya y/u otro recurso municipal, sea de origen nacional, provincial o municipal, aceptados por el agente financiero municipal.
  • Cancelaciones anticipadas: El Poder Ejecutivo tiene la opción de poder cancelar el préstamo en cualquier momento sin costo adicional.