La Corte falló en contra de un exgremialista que reclamaba la tutela sindical

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó un reclamo de un extrabajador de la Legislatura por la exclusión de la tutela sindical. Se trata de un exgremialista de UPCN al que no se le renovó el contrato, luego de que el Gobierno presentara un pedido ante la Justicia, en base a lo que establece la legislación laboral.
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La resolución fue adoptada por los jueces María Teresa Day y Dalmiro Garay, mientras que el ministro Mario Adaro votó en disidencia de sus compañeros de tribunal. Tras esta votación, la Corte desestimó el recurso extraordinario provincial interpuesto por Jorge Pablo Best, exempleado del Senado y exdelegado de UPCN.
La decisión fue celebrada por la vicegobernadora Hebe Casado, quien impulsó el pedido de exclusión de la tutela de este y otros exempleados de la Legislatura. “Hay que ser caradura llegar hasta la Suprema Corte para intentar defender los privilegios sindicales. Es justicia. Afueraaaa!”, publicó en redes sociales.
“El máximo tribunal de la Provincia ha rechazado un recurso extraordinario provincial sobre tutelas sindicales invocadas por empleados de la Cámara de Senadores. Con esta decisión, se reafirma la importancia de reconocer a quienes realmente trabajan, sin admitir privilegios injustificados”, destacó la vicemandataria.
El reclamo interpuesto apuntaba contra una sentencia de la Tercera Cámara del Trabajo que había hecho lugar al pedido de exclusión de la tutela sindical que presentó el Gobierno en contra de Best, quien se desempeñaba en el área de Compras y Suministros del Senado provincial.
El exestatal tenía un contrato temporal que se venció el 31 de diciembre de 2024 y no se le renovó. Exigía continuar trabajando argumentando que no podía sufrir modificaciones en su condición laboral, al estar protegido por la tutela sindical, al ser delegado de UPCN.
Los jueces Dalmiro Garay y Teresa Day consideraron que el demandante no logró “rebatir los argumentos esenciales de la sentencia en cuanto a la naturaleza temporaria del contrato, la licitud del mismo y el hecho de que el carácter de representante gremial carece de autonomía, por sí solo, para modificar la naturaleza jurídica de la relación preexistente”.
Los dos magistrados resolvieron desestimar el recurso extraordinario provincial interpuesto por Best y por lo tanto confirmaron la sentencia de la Tercera Cámara del Trabajo que excluyó de la tutela sindical al extrabajador de la Legislatura.