Manuel García-Mansilla criticó la causa donde se reclama la inconstitucionalidad de su nombramiento en la Corte
Manuel José García Mansilla señaló que él ya actúa como integrante del máximo tribunal y advirtió que, si se busca desplazarlo antes de que se cumpla el plazo de un año de su nombramiento, debería llevarse adelante un juicio político.
“Un juez no puede sacar a otro juez”, sostuvo el ministro en su descargo de más de medio centenar de páginas tras la vista que le confirió el magistrado federal Alejo Ramos Padilla, quien tramita una causa que busca impugnar su designación y la del juez federal Ariel Lijo para integrar la Corte Suprema de Justicia. En ese sentido, Ramos Padilla decidió postergar su decisión sobre la medida cautelar interina hasta después del 3 de abril, día en el que Victoria Villarruel convocó una sesión especial en el Senado de la Nación para tratar en pleno ambos pliegos.
“Toda vez que el nombramiento en comisión previsto en el art. 1º del Decreto 137/25 se hizo efectivo luego de haber prestado yo juramento, ya soy juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En consecuencia, estoy alcanzado por las garantías del artículo 110 de la Constitución Nacional. Mientras dure el nombramiento en comisión, tal como lo establece expresamente el artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional, solamente puedo ser removido mediante el mecanismo de juicio político previsto en los artículos 53, 59 y 60 de la Constitución Nacional”, puntualizó el cortesano.
En ese sentido, García-Mansilla señaló que el juez Ramos Padilla no tiene jurisdicción para entender en la causa y destacó la falta de legitimidad de las ONG Asociación Civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) como actor que impulsó el amparo.
En consecuencia, el académico reclamó que se rechace “sin más trámite esta acción de amparo colectivo, así como los pedidos efectuados” del cual enfatizó “es inadmisible” y que de avanzar, “atentaría contra el orden público constitucional”.
Asimismo recordó que fue nombrado para cubrir la vacante dejada por Juan Carlos Maqueda, que “se produjo al momento en que el Senado de la Nación se encontraba en receso” y, por lo tanto, el decreto “se ajusta estrictamente a lo dispuesto por el artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional”.