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Alfredo Cornejo ajusta los gastos en el Gabinete: limitan contrataciones y erogaciones

El Gobierno de Mendoza publicó el tradicional decreto de austeridad adoptando medidas restrictivas del gasto público. Las excepciones deberán tener el aval del gobernador y el Ministro de Hacienda.
Foto: Prensa Gobierno Mendoza
Foto: Prensa Gobierno Mendoza

El Gobierno de Mendoza firmó el tradicional decreto de austeridad para ajustar el gasto en personal que, desde la primera gobernación de Alfredo Cornejo, se viene implementando todos los años. A través de esta medida, el Ejecutivo provincial congela las designaciones, adicionales, suplementos por subrogancia y prohíbe nuevas contrataciones.

Desde la Casa de Gobierno resaltan que el objetivo de adoptar medidas restrictivas del gasto público es mantener el equilibrio presupuestario y advierten que la Ley de Responsabilidad Fiscal establece estrictos límites al incremento del gasto y de los cargos ocupados.

Aclaran que estas restricciones que se implementan en materia de gastos tienen un carácter temporario y que no resentirán los servicios esenciales prestados por el Gobierno provincial.

El decreto N° 2.846, publicado este jueves en el Boletín Oficial, establece como primera medida que los nuevos contratos y/o ampliación de contratos existentes bajo la modalidad de locaciones de servicio, locaciones de obra u honorarios determinados en horas módulo deportivo deberán contar con autorización expresa del ministro de la jurisdicción involucrada y del Gobernador.

A su vez, se plantea que el otorgamiento de horas cátedras a los agentes que poseen cargos de planta permanente o temporaria, deberán ajustarse a la legislación vigente y contar con autorización del Gobernador.

También se ordena que los responsables de las distintas áreas que indiquen a los agentes que estén en condiciones de acceder a la jubilación inicien los trámites jubilatorios correspondientes.

Por otra parte, disponen que en el ámbito de la Administración Central sólo podrán tener celulares oficiales el Gobernador, los ministros, secretarios del Poder Ejecutivo, los Subsecretarios y Directores.

En caso de que algún ministro pretenda autorizar a otras personas a tener celulares, deberán justificar las razones para otorgar los dispositivos.

Otra de las restricciones que dispuso el Gobierno provincial establece que solo en el caso que una contratación de bienes de capital supere diez veces la suma establecida en el artículo 58 de la Ley Nº 9.601 para el monto de la Contratación Directa deberá previamente contar con autorización del Gobernador y aprobación del Ministerio de Hacienda y Finanzas. El artículo en cuestión establece un límite de 20 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes para estas operaciones, que a valores actuales representa casi 6 millones de pesos.

Los organismos descentralizados que pretendan superar ese monto, deberán presentar un plan de inversiones y cronograma de desembolsos a consideración y aprobación del Ministerio de Hacienda y Finanzas justificando su necesidad avalado por el ministro de la jurisdicción.

Por otra parte, las distintas jurisdicciones podrán afectar preventivamente las Erogaciones Corrientes y de Capital, financiadas con Rentas Generales o con recursos o financiamientos afectados, hasta alcanzar 25% acumulativo por trimestre siendo su distribución enero 25%, abril 25%, julio 25% y octubre 25%.