Cambios y polemicas: qué hay detrás del Código de Aguas que propone el Gobierno
El Gobierno busca sancionar el primer Código de Aguas. Hay polémica porque no menciona a Irrigación y otorga facultades al Ejecutivo. Suma usos, derechos y protecciones. El "valor económico".
El Gobierno tiene como objetivo sancionar el primer Código de Aguas de Mendoza, un tema que consideran un "hito", pues el proyecto incluye modificaciones a una ley sancionada en el siglo XIX. Alfredo Cornejo busca con esa reforma darle marco al "mecano", a la estructura burocrática y legal de Mendoza con su impronta, tal como ya lo hizo en el Poder Ejecutivo, en el Poder Judicial y todos los organismos de control. El Código incluye reformas a las leyes vigentes, suma usos y derechos y también conceptos que generan polémica. En todo el proyecto, por ejemplo, no se menciona al Departamento General de Irrigación, que sería rebautizado como Departamento de Aguas. Además, le otorga al Poder Ejecutivo la posibilidad de alterar los usos prioritarios en casos de "beneficio superior" desde el punto de vista económico y social.
El Código no puede ser analizado fuera del contexto: en simultáneo el Gobierno y el Departamento General de Irrigación elaboran un plan hídrico que prevé políticas sobre el manejo del agua para los próximos 50 años. La empresa israelí Mekorot ya tiene terminado el octavo informe que apunta a diagramar ese plan.
El proyecto es parte del plan político de los "dos gobernadores" reelectos de Mendoza. El del agua, Sergio Marinelli, y Alfredo Cornejo, que transita también su segundo mandato en el sillón de San Martín. Cornejo había anunciado el tema en la Asamblea Legislativa.
El Departamento General de Irrigación abrió un período de consultas, pero el acceso al documento inicial fue complejo, Tanto, que hay varias versiones. Las inspecciones de cauce agregaron recomendaciones y objeciones. La principal pelea ahora es por el tiempo: el Gobierno busca aprobar el Código en los próximos meses, mientras que los regantes buscan estirar los tiempos.
En general el Código crea una nueva organicidad alrededor del agua. De hecho en todo el texto no se menciona al Departamento General de Irrigación. La Constitución de Mendoza determina que los temas de "irrigación" competen al DGI. El Código apunta a todos los usos del agua y menciona que ese recurso será administrado por un organismo "extrapoder". "La administración estatal del agua se instrumenta en forma descentralizada, mediante un organismo técnico extrapoder con potestades exclusivas en todo asunto vinculado al recurso hídrico", dice el proyecto del Código. Esa mención generó dudas entre los regantes. Además, hay sospechas de que se cree un nuevo organismo, que se fusionen o creen una organicidad nueva. Entre ellos, los regantes apuntan a que podría generarse alguna fusión con Irrigación, Hidráulica, el Epas y hasta sumar la empresa de aguas. Otras dudas apuntan a lo que consideran flexibilidad respecto a la inherencia de la tierra al agua.
Desde el DGI aseguran que será el mismo organismo constitucional el que mantendrá la administración, pero que se volverá a la denominación original: Departamento General de Aguas. Allí hay una tensión escondida y es la referente a quiénes son los "dueños" o quienes tienen potestades especiales. Es que "irrigación" hace referencia a un uso particular, y el enfoque apunta a los usos diversos. "La participación de usuarios y ciudadanos en la gestión del agua se materializa a través de la descentralización al nivel más apropiado", agrega el Código propuesto.
Entre algunos principios generales se elimina la perpetuidad de las concesiones y se establece una temporalidad de 30 años. Además, se estipula la planificación hídrica como marco obligatorio. Allí es donde entra en juego el plan que desarrolla Irrigación. Entre los principios fundamentales se agrega el "valor económico" del agua. En la redacción original, los términos eran duros. "El agua es un recurso natural dotado de valor económico que forma parte de la estrategia de desarrollo socio-económico", decía. Con las sugerencias, esa mención fue más general y se puso entre los objetivos "Fortalecer la planificación hídrica general y especial, fomentando el reconocimiento del valor económico del agua, las mejores tecnologías para el uso eficiente y la producción limpia". El concepto es que el agua "no es gratis" y que, además, genera valor.
Prioridades
Las prioridades de uso no se modifican, pero sí se agregan actividades que no estaban contempladas. Incluso se pone el riego del arbolado, el turismo, los usos recreativos y como último eslabón a la minería. Esas disposiciones son fundamentales porque se trata de un recurso escaso y que será más restringido a futuro. En caso de que el agua no alcance, las prioridades estipuladas son las siguientes:
- a) Abastecimiento de población y usos domésticos
- b) Riego del arbolado público
- c) Riego agrícola y otros usos agropecuarios
- d) Industria
- e) Turismo
- f) Generación de energía eléctrica
- g) Piscícola o acuicultura
- h) Recreativos
- i) Termal para fines terapéutico medicinal
- j) Minería y extracción de hidrocarburos
Pero el mismo Código tiene una cláusula fundamental: ese orden puede modificarse por pedido del Poder Ejecutivo. Es decir, si el Gobierno considera que hay razones económicas que ameritan cambiar las prioridades en un caso específico, lo puede hacer. Se trata de los casos de "mayor beneficio". "En forma fundada, a solicitud del Poder Ejecutivo provincial, las prioridades establecidas precedentemente podrán ser alteradas cuando se acreditare fehacientemente que el beneficio económico-social es notoriamente superior que el de la solicitud preferentemente competitiva. En todos los casos, deberá satisfacerse el debido proceso mediante la correspondiente vista a los solicitantes cuya prioridad se vea postergada", dice el Proyecto. Esa discrecionalidad que le otorga al Poder Ejecutivo genera dudas porque podría alterar las prioridades según las coyunturas.
En el articulado se agregan dos menciones especiales para dos actividades que generan controversia: el petróleo y la minería. Aunque ya está establecido por otras leyes, se redunda en que debe respetarse la 7722 y debe haber dictamen del DGI en cualquier proyecto. Se agrega, también, la posibilidad de que haya caudales mínimos garantizados para mantener "de los ecosistemas fluviales". Hay un capítulo especial para temas ambientales, relacionados con el cambio climático, la no contaminación y la protección de glaciares.
Dueños
El Código considera a todos los cursos de agua como de uso público. Incluso se determina que puede haber indemnización a quienes puedan verse afectados por esa disposición. "Todas las aguas existentes en el territorio provincial resultan de utilidad pública por presentar aptitud para satisfacer usos de interés general, debiendo progresivamente ser afectadas al dominio público mediante declaración de la autoridad de aplicación. En caso de corresponder, previamente deberá sustanciarse el correspondiente trámite indemnizatorio según se reglamente; pudiendo habilitarse el uso del agua como compensación al anterior titular", prevé el artículo 44 del Código. Cauces y lechos son también de uso público y se determina la delimitación de línea de ribera.
En el DGI consideran fundamental la idea de planificación del uso del agua. Por eso se remarca el Plan Hídrico, que tendrá que ser renovado cada 5 años, lo mismo que los balances hídricos y los planes anuales. Allí hay otro punto fundamental: la administración de la escasez, una nueva "constante" a futuro. Para esas situaciones se establece que "la autoridad de aplicación podrá disminuir proporcionalmente los volúmenes de agua que deben ser distribuidos entre los usos registrados".
El debate por el Código también tiene trasfondos políticos. El Gobierno tiene apuro y los regantes buscan ponerle pausa. También hay tensión sobre quiénes se consideran usuarios: el Código habla de ciudadanos, y algunas inspecciones de cauce pidieron que se aclare específicamente la situación la potestad de los regantes. En el oficialismo sacan cuentas. Creen que entre los regantes del Río Mendoza tienen la mayor oposición y hasta lo consideran "un río peronista".