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El fuerte descuento salarial que sufrirán los judiciales este viernes

Este viernes 28 cobrarán los salarios los empleados públicos. Por los paros realizados durante mayo, los funcionarios y empleados judiciales recibirán una remuneración con grandes descuentos.
Los judiciales sufrirán un descuento salarial por los dias de paro Foto: Rodrigo DAngelo / MDZ
Los judiciales sufrirán un descuento salarial por los dias de paro Foto: Rodrigo D'Angelo / MDZ

Este viernes cobrarán sus salarios los empleados públicos, entre quienes se encuentran los judiciales. Por los paros realizados durante mayo, tanto funcionarios como empleados del Poder Judicial recibirán sus remuneraciones con el descuento de 17 días, por lo que percibirán un monto significativamente menor al que cobran todos los meses. Este viernes además, los empleados participarán de una reunión paritaria y una asamblea para ratificar las nuevas medidas de fuerza. Los funcionarios harán paro en las oficinas fiscales durante el fin de semana. 

De acuerdo informaron a MDZ desde el Poder Judicial, los salarios ya fueron liquidados con descuentos que serán muy grandes ya que se trata de paros de más de dos semanas. Esa medida de fuerza fue llevada adelante por los trabajadores, tanto empleados como funcionarios durante el mes de mayo, para reclamar mejores salarios y condiciones laborales. Además, en rechazo a la propuesta salarial que el Gobierno le hizo a todos los gremios en la paritaria anterior que fue en abril y que por lo tanto, al personal del Poder Judicial le otorgó un incremento salarial por decreto.

En el medio, y ante los reiterados paros en conjunto - es decir de funcionarios y empleados- que afectaron el servicio de justicia, la Corte mendocina decidió intervenir y pidió la conciliación obligatoria. La Subsecretaría de Trabajo dictó esta instancia y por lo tanto las partes se sentaron a negociar. Además, la conciliación implica que los sindicatos no pueden hacer medidas de fuerza y por lo tanto, el Poder Judicial tampoco descontó días no trabajados. Sin embargo, luego de dos audiencias- realizadas los viernes 7 y 14 de junio- la situación siguió igual, sin llegar a un acuerdo. Este lunes 24 Trabajo dio por fracasada la conciliación obligatoria y este miércoles 26 los gremios se sentaron durante 8 horas junto a los paritarios oficiales en una nueva paritaria y además de rechazar la propuesta, anunciaron nuevos paros. 

Mientras esta nueva situación de reclamo deberá ratificarse en los próximos días - como la asamblea de este viernes- los trabajadores recibirán los salarios con grandes descuentos. Para justificar la decisión de descontar los sueldos, en consulta con el paritario del Poder Judicial dijo esto: "Que respecto al descuento de los días no trabajados con motivo de la adhesión a la huelga convocada por la entidad sindical, debe decirse que no representa ningún tipo de actitud antisindical, toda vez que el cumplimiento de la Ley no puede convertir en ilegitima tal actividad".

Una de las asambleas de judiciales durante mayo

Además, sostuvo que: "La ley 5811 que rige la materia es clara cuando determina que fuera de los casos previstos en ella dispuesta, “no se reconocerá a los agentes comprendidos en el presente régimen el pago de retribuciones por jornadas no trabajadas” (art. 66 y cctes.).Que en cumplimiento de la acordada N 21284, se dispusieron los actos necesarios instrumentales a fin de liquidar los salarios conforme las novedades que informa para el mes de mayo la Dirección de Recursos Humanos".

En ese sentido, expresó: "este proceder, ha sido objeto de numerosos pronunciamientos jurisdiccionales que ha ratificado la legitimidad del mismo, en el marco del equilibrio entre el sinalagma contractual y el derecho a la huelga. Baste citar en la Provincia lo resuelto en de Mendoza, plenario en “13038882699 -Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación C/ Gobierno De Mendoza P/ Acción De Inconstitucionalidad, de fecha 8 de mayo de 2018), mientras que la Corte Federal ha hecho lo propio al sostener “no pueden ser objeto de cuestionamiento los descuentos de haberes los días que no fueron trabajados por adherir los agentes a medidas de fuerza dispuestas oportunamente por la entidad gremial que los representa. Los derechos constitucionales –el de huelga entre ellos (art. 14 bis de la CN)- no se afectan por la imposición de condiciones impuestas a su ejercicio, que guarda adecuada proporción con la necesidad de salvaguardar el interés público comprometido: la correcta administración de justicia”. CSJN S 98 90 “Cámaras Federales s/ personal solicita no descuento de haberes” 27/2/90 Fallos 313:149"

Por último, el representante concluyó que: "ha de recordarse que el Comité de Libertad Sindical de la OIT ha sostenido, en esta misma línea que la deducción salarial de los días de huelga no plantea objeciones desde el punto de vista de los principios de la libertad sindical(Comité de Libertad Sindical de la OIT, 2006, párrafo 654)".