El Gobierno eliminó burocracias para habilitar centros de salud mental y consumo problemático
El ministerio de Salud aprobó un nuevo marco normativo con el objetivo de actualizar las pautas para la habilitación y supervisión de establecimientos y servicios de salud mental y consumos problemáticos. Esta medida busca, según se argumenta, garantizar una atención integral, de calidad, y con un enfoque de derechos.
Entre los aspectos destacados, se establecen las “Normas Mínimas para Habilitación de Establecimientos y Servicios de Salud Mental y Consumos Problemáticos”. Estas normas son de aplicación obligatoria para los servicios bajo jurisdicción del Ministerio de Salud y priorizan modelos de atención comunitaria. Esto incluye dispositivos como casas de convivencia, cooperativas de trabajo, y servicios de inclusión social y laboral.
El nuevo marco publicado este lunes en el Boletín Oficial también simplifica los procedimientos administrativos relacionados con la habilitación y fiscalización, para hacerlos más ágiles y eficientes. La fiscalización estará a cargo de la Comisión Permanente de Trabajo y Asistencia Técnica, que emitirá dictámenes vinculantes en un plazo máximo de 30 días hábiles tras la inspección de los establecimientos.
La decisión implica la derogación de la resolución 4107/2023. Sobre este punto se explica que esa normativa "provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”.
Por lo tanto, deja de ser vinculante la intervención de la comisión permanente de trabajo que se formó por una resolución de 2022 con tres representantes designados por Salud y otros tres por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Ahora sus miembros intervendrán "en caso de que existan incongruencias con los estándares fijados" y tendrán 30 días hábiles para emitir opinión, de lo contrario se aplicará el "silencio positivo" por parte del Estado.
Entre los fundamentos se destaca que "es preciso adecuar el procedimiento a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente. En ese sentido, se agrega que "a fin de promover una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, se hace necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, que promuevan la inclusión social de las personas y garanticen una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos."
La resolución invita a las jurisdicciones provinciales y municipales a adherir a estas disposiciones, fomentando un criterio unificado en todo el país. Además, destaca la importancia de articular con diversos actores públicos para garantizar el acceso y ejercicio de los derechos establecidos en la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657.
El Ministerio aclaró que la implementación de estas medidas no implicará costos presupuestarios adicionales para el Estado Nacional. Con este cambio, se busca fortalecer el sistema de salud mental, promoviendo modelos de atención más inclusivos y orientados a la comunidad.
que deroga la Resolución N° 4107/2023

