Boletín Oficial

Las nuevas medidas de Milei para controlar el presupuesto de las universidades

A través de una serie de decretos publicados este viernes en el Boletín Oficial, se anunciaron importantes modificaciones.

MDZ Política
MDZ Política viernes, 13 de diciembre de 2024 · 00:58 hs
Las nuevas medidas de Milei para controlar el presupuesto de las universidades
Javier Milei insiste en modificar la normativa para tener control sobre los presupuestos universitarios Foto: EFE

El Gobierno de Javier Milei arrancó su segundo año de mandato atacando de lleno el tema más candente de su gestión: el presupuesto universitario.

A través de una serie de decretos publicados este viernes en el Boletín Oficial, se anunciaron importantes modificaciones que regirán desde la semana próxima.

El objetivo es reformar el sistema de gestión económica y financiera de las universidades, además de prohibir la firma de convenios y acuerdos directos sin licitación.

A tal fin, este viernes se publicaron tres decretos (se espera otro más para la próxima edición) que modifican el marco de las compras, contrataciones y el manejo presupuestario en las universidades.

De esta manera, las casas de altos estudios deberán utilizar sistemas electrónicos nacionales como COMPR.AR, CONTRAT.AR y el Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF).

También se restringe al mínimo la posibilidad de firmar “convenios interadministrativos” con entes públicos o cooperativas. Esto a raíz de los convenios con irregularidades evidenciados por la Sigen tras las investigaciones, con la UBA en el ojo de la tormenta.

Los Ministerios de Capital Humano y de Desregulación buscan “garantizar la transparencia en el uso de los recursos públicos mediante normas y sistemas unificados”.

Qué dice el decreto sobre contrataciones

Se trata del decreto 1092/2024, en el que el Presidente resuelve:

  • Las Universidades Nacionales, en su carácter de sujetos comprendidos en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, deberán utilizar, según corresponda, los Sistemas de Contratación Electrónicos “COMPR.AR” y “CONTRAT.AR” en todas las contrataciones de suministros de bienes, prestaciones de servicios y las demás previstas en el inciso a) del artículo 4° del Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, conforme los procedimientos prescriptos en el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030 del 15 de septiembre de 2016 y de los contratos de obra regidos por la Ley N° 13.064 y sus normas modificatorias y complementarias.
  • Instrúyese a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, en su carácter de Órgano Rector, a coordinar las acciones que resulten necesarias con el fin de implementar lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto.
  • La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

 

 

 

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