Coimas

Marcha atrás en un fallo a favor de un empresario de la causa Cuadernos

El primo de Mauricio Macri, Ángelo Calcaterra, recibió en junio una sentencia pero fue anulado este viernes por un error procesal

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MDZ Política viernes, 29 de noviembre de 2024 · 23:40 hs
Marcha atrás en un fallo a favor de un empresario de la causa Cuadernos
Angelo Calcaterra, el empresario implicado Foto: Archivo MDZ.

La Cámara Federal de Casación Penal dio marcha atrás con un fallo en el cual beneficiaba al empresario Ángelo Calcaterra en la causa Cuadernos. La sentencia fue anulada por un error procesal, la cual fue considerado polémico. 

La sala I del tribunal, con las firmas de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, pero la oposición de Carlos Mahiques, el fallo quedó anulado.  

El error procesal fue que la decisión del pasado junio se dio sin haber consultado a la Unidad de Información Financiera (UIF) que es querellante en la causa que apunta contra el primo del expresidente Mauricio Macri, Calcaterra.

El empresario había sido sacado del juicio oral en la última sentencia ya que la Sala I de Cámara Federal de Casación Penal comprendió que no pagó coimas al gobierno de la expresidenta Cristina Kirchner, sino que fueron aportes ilegales de campaña, y que debía pasar del fuero federal al fuero electoral. El fallo recibió críticas y cuestionamientos de sectores como Juntos por el Cambio.

Mauricio Macri, primo de Calcaterra.

"En el entendimiento de que la omisión de notificación e intervención de la querella en esta incidencia importa un perjuicio real y concreto para esa parte, corresponde hacer lugar al planteo de nulidad deducido por el representante del Ministerio Público Fiscal y al que adhiriera la parte querellante", señalaron Petrone y Barroetaveña.

Los camaristas entendieron que en la apelación se introdujeron cuestiones "novedosas" para la situación de Calcaterra y su segundo en la empresa Héctor Sánchez Caballero.

"Encontrándose elevadas a juicio estas actuaciones, aparece procedente la afirmación de los acusadores en cuanto a que el debate oral y público es el ámbito natural de discusión donde plantear las cuestiones de hecho y prueba", agrega la resolución de Casación.

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