Nuevos cambios

DNU: el Gobierno dará marcha atrás con un artículo clave en salud

Como parte de las negociaciones, el oficialismo modificará la normativa que le prohibía a los médicos sugerir marcas comerciales en las recetas de remedios.

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MDZ Política domingo, 21 de enero de 2024 · 20:26 hs
DNU: el Gobierno dará marcha atrás con un artículo clave en salud
La salud, un tema clave en el DNU. Ahora, el Gobierno dará marcha atrás con puntos claves Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

En respuesta a las críticas de las cámaras empresarias de medicamentos y asociaciones médicas, el Gobierno daría marcha atrás con el artículo del DNU que le prohibía a los médicos sugerir marcas comerciales en las recetas de remedios.

Esto significa que, pese a que los profesionales de la salud seguirán estando obligados a indicarles a sus pacientes el nombre de la droga genérica a administrar, podrán sugerir que sea de algún laboratorio en particular.

También plantea que, más allá de la sugerencia del profesional que haya recetado la droga, el consumidor tiene el derecho de “sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades que el prescripto”.

Otros de los puntos que se cambiará tiene que ver con el sistema de receta electrónica: en caso de que sea utilizado, el farmacéutico “deberá devolver al profesional actuante la información en caso de sustitución en farmacia” del medicamento en cuestión, “para preservar un adecuado seguimiento del tratamiento clínico del paciente”.

En ese sentido, el oficialismo también modificaría en las próximas horas mediante un nuevo decreto el punto que involucra la venta libre de medicamentos fuera de las farmacias: ahora, solo se acotaría a antiácidos y analgésicos.

Estos establecimientos deberán acreditar su derecho sobre el inmueble de acuerdo con la legislación vigente y póliza de seguro que cubra riegos de venta de productor farmacéuticos por una suma asegurada mínima equivalente a 750 salarios mínimos, vitales y móviles.

La modificación en sería comunicada en el Boletín Oficial de este lunes. 

Asimismo, esos lugares deberán “poseer un espacio para almacenar las especialidades medicinales, separado e independiente de otros productos comercializados por el establecimiento, resguardado bajo llave y que reúna las condiciones de higiene, seguridad, limpieza, amplitud, luz y ventilación adecuadas”

Otros requisitos de estos comercios subrayan que su temperatura máxima no podrá superar los 24 grados y que se encuentra prohibida la comercialización de especialidades medicinales a menores de 18 años.

Según el texto, los medicamentos de venta libre en locales no farmacéuticos deberán estar dispuestos de manera que no sea posible un acceso directo por parte de las personas a las especialidades medicinales y que estén fuera del alcance de los niños.

En ese sentido, se establece que “las droguerías podrán exclusivamente despachar al público recetas en las que se prescriban medicamentos oncológicos o de tratamientos especiales que se encuentren listados por la autoridad de aplicación”.

De esta forma, el Gobierno impondrá estos cambios luego de los cuestionamientos de la Academia Nacional de Medicina (ANM) hacia la mega iniciativa de Javier Milei y el amparo presentado por la Confederación Farmacéutica Argentina el pasado 29 de diciembre.

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