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Qué dice el dictamen de Fiscalía de Estado por el caso del femicidio de Florencia

La familia de Florencia Romano, asesinada en diciembre de 2020, pidió una reparación económica al Estado. El asesor de Gobierno, Ricardo Canet, argumentó que los padres incumplieron su responsabilidad parental. El Fiscal de Estado, Fernando Simón, no lo compartió pero tampoco refutó el argumento.
El Fiscal de Estado dio su dictamen sobre el caso Florencia Foto: Pachy Reynoso / MDZ
El Fiscal de Estado dio su dictamen sobre el caso Florencia Foto: Pachy Reynoso / MDZ

La familia de Florencia Romano, la adolescente asesinada en diciembre de 2020, además de formar parte del juicio penal -por el que fue condenado a perpetua Pablo Arancibia- demandó al Estado pidiendo una reparación económica. Tanto el asesor de Gobierno como la Fiscalía de Estado están obligados a defender patrimonialmente a la Provincia. En ese marco, los argumentos que usó el asesor de Estado, Ricardo Canet, en los que incluyó a los padres por haber inclumplido su responsabilidad parental, han generado repudio entre parte del arco político y las organizaciones sociales.

Por su parte, la Fiscalía de Estado emitió otro dictamen de 25 hojas donde no comparte ni refuerza el argumento de Canet, pero tampoco lo niega. Para algunos letrados consultados, el Fiscal de Estado no debe refutar el dictamen del asesor porque ambos son la defensa estatal.

La demanda que hace la familia de Florencia junto a sus abogados es de 300 millones de pesos (que con intereses podría alcanzar los 500 millones). Lo que plantean es que, si desde el 911 se hubiera mandando un móvil policial tras el llamado de un vecino que escuchó gritos en la casa de Arancibia, el femicidio se habría evitado. Por eso, el Estado sería responsable y debería pagar por eso, pero para los defensores estatales lo que piden los abogados de la familia es un monto excesivo que no se condice con los reclamados en otros juicios similares. Además, esgrimen que la responsabilidad civil estatal no está demostrada de forma absoluta.

Tanto para Canet como para el Fiscal de Estado Fernando Simón, el principal responsable es el asesino, es decir, Arancibia. Además, ambos aceptan que el 911 cometió una omisión, pero ponen en duda en que si esa falta no se hubiera producido, el femicidio se habría evitado.

En el escrito de Canet, que fue el primero que se emitió en defensa patrimonial del Estado, se incluyó la responsabilidad de la familia: “Los padres de la menor víctima, han incumplido abiertamente con las obligaciones que la responsabilidad parental ponía a su cargo, no actuando con la vigilancia activa correspondiente, ya que su madre, al menos, reconoció haber conocido la situación que la menor le relatara con anterioridad a la fecha del delito, permitiendo que se relacionara y contactara con personas sospechosas e, incluso, con quien resultara su asesino".

Fiscalía de Estado, en tanto, sostiene en su dictamen -posterior al de Canet- que: “Se resalta que hay otras conductas que concurren como causa que provocaran el lamentable deceso de Florencia, eximiendo o al menos limitando la responsabilidad del Estado por falta de servicio. Simplemente procederé a ampliar y reforzar los conceptos vertidos”.

La interpretación que hacen desde Casa de Gobierno es que el Fiscal de Estado en ese párrafo está compartiendo lo dicho por Canet. La lectura de algunos abogados cercanos a la causa es que el dictamen de Simón es diferente ya que expresamente no habla de la responsabilidad parental y además, como defensor del Estado, no puede discutir con Canet sino que debe hacer un nuevo texto que sume a la defensa.

El dictamen de Fiscalía sostiene que: “En síntesis, como se formula el reclamo, pareciera considerarse que la menor falleció pura y exclusivamente por desidia estatal. Ahora bien, de manera alguna se ha acreditado se cumpla, en el caso concreto que nos ocupa, con el requisito de relación de causalidad adecuada entre la omisión imputada a la Provincia en el funcionamiento regular del servicio CEO y el resultado dañoso reclamado".

En ese sentido, analiza detalladamente qué hubiera ocurrido en el caso de que la expolicía (fue echada) hubiera sido eficaz en la atención del vecino de Arancibia que llamó al 911. "Acá, como ha sido suficientemente desarrollado por el Gobierno de Mendoza en su contestación de demanda, si la ex policía le hubiese dado el curso que correspondía al llamado del 911, entre que aquella atendiera el mismo, lo pasara a los despachadores, estos ubicaran los móviles o efectivos más próximos al lugar donde acontecieron los hechos y estos se trasladaran al domicilio del ataque a la menor, la llegada de los efectivos no hubiese demandado menos de 20 minutos. Cabe recordar que, de las constancias obrantes en las causas penales ofrecidas como prueba instrumental, se advierte que la víctima tuvo oportunidad de gritar solo una vez".

En ese sentido consideró que: "Lo que estaría indicando, máxime por el tipo de lesiones que presentaba el cadáver conforme a la necropsia efectuada por Cuerpo Médico Forense y otros estudios que se hicieran posteriormente sobre el cuerpo de la víctima, que el lamentable deceso se produjo prácticamente en forma inmediata a su pedido de auxilio. Lo que hace presumir con un alto grado de certeza que el auxilio hubiese llegado tarde. Pero aún aceptando como vía de hipótesis que la menor hubiese sido encontrada con vida, lo que reiteramos es una chance bastante improbable, todavía tenía que ser trasladada a un nosocomio para su atención, tornando prácticamente en una utopía el que se pudiese haber salvado".