La DGE prohibió las asambleas gremiales en horarios de clase
Hay receso invernal en las escuelas, pero el Gobierno se mueve para preparar un retorno complejo con una idea: que haya más días de clases y que los conflictos que puedan surgir por la tensión creciente con los gremios no las interrumpan. Por eso la Dirección General de Escuelas (DGE) reguló la realización de reuniones y asambleas gremiales y prohibió que se realicen esas actividades dentro del horario curricular; es decir cuando los alumnos están en el aula.
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La DGE tomó, incluso, la jurisprudencia legal para cubrirse. Así, se permitirán las asambleas gremiales en las escuelas, pero con una distancia temporal de 15 minutos (antes o después) de las tareas habituales frente al aula. "Toda actividad, ocupación, acción y/o uso de establecimientos educativos públicos que estén bajo la órbita de la Dirección General de Escuelas, que implicare la realización de asambleas o reuniones de personal, previstas en la Ley Nº 23.551 y concordantes, o por los estatutos particulares de las asociaciones sindicales que las fijen y que se realicen en los lugares de trabajo, deberán finalizar quince minutos antes del inicio de la jornada escolar o bien, comenzar después de transcurridos quince minutos de la finalización del horario de clases; no pudiendo en ningún caso, desarrollarse en horario de prestación del servicio educativo", establece la resolución.
Además, deberán informar previamente sobre la realización. Las asambleas no se pueden realizar "en ningún caso" en horario de prestación del servicio educativo y "sin previa notificación fehaciente de su fecha y hora de realización, con 48 hs. de anticipación". También prohíben que haya personas ajenas a las escuelas en las actividades gremiales. "En ninguna ocasión, ante la realización de las asambleas o reuniones de personal detalladas precedentemente, podrá ingresar al establecimiento escolar, personal ajeno al mismo; siendo responsabilidad de la Autoridad escolar, velar por el cumplimiento de ello, y de la presente; debiendo en caso de incumplimiento o imposibilidad, dar la inmediata intervención a la Supervisión correspondiente de la Dirección General de Escuelas", establecen.
Las asambleas deben hacerse hasta 15 minutos antes o 15 minutos después de las clases. Además, deben informarlas al menos 48 horas antes
En contexto
La reglamentación aparece en un momento clave. El SUTE ha convocado a medidas de fuerza para luego del receso y se espera que aumente la tensión con los sectores estatales. Es que la inflación sube más allá de los aumentos pautados y por eso los gremios reclaman más aumentos. A fin de este mes se reabren las paritarias para negociar nuevamente, más allá de lo ya firmado a principio de año.
Par argumentar la decisión desde al DGE toman el derecho a la educación como primordial, aunque también resaltan el derecho que tienen los trabajadores a organizarse para reclamar. Allí, como elemento legal, destacan la sentencia de la Suprema Corte de Mendoza que tomó como válido un reglamento para la realización de asambleas que fue creado por la Administración Central y que había sido cuestionado por el gremio SITEA. La Corte le dio la razón al Gobierno y por eso ahora van por el mismo camino en la DGE.
"La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en oportunidad de pronunciarse sobre la interpretación de los arts. 8 y 25 de la Convención sobre los Derechos del Niño, señala que "el interés superior del niño es un principio regulador de la normativa de los derechos del niño y se funda en la dignidad misma del ser humano, en las características propias de los niños y en la necesidad de propiciar el desarrollo de éstos, con pleno aprovechamiento de sus potencialidades…", recuerdan. Incluso mencionan un argumento paralelo: la prohibición que rige en Mendoza para realizar celebraciones religiosas en horarios de clase. Allí apuntan a demostrar que ninguna actividad por fuera de las previstas en la currícula o el plan convencional puede alterar el dictado de clases.
En Mendoza las medidas de fuerza en las escuelas están restringidas de hecho. Por un lado, porque también la Corte dictaminó que es legal el descuento del día de paro no trabajado. Y luego el ítem aula, que se descuenta cuando hay faltas no justificadas, impactó fuertemente y desmovilizó a los docentes.
