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El plan de incentivos de Rodolfo Suarez para crear un "Hollywood" mendocino

El gobernador presentó un proyecto de ley en la Legislatura creando un programa que establece reintegros del 40% a las inversiones en producciones audiovisuales en el territorio provincial. Prevé un desembolso presupuestario de $500 millones.

Gianni Pierobon
Gianni Pierobon jueves, 16 de junio de 2022 · 16:20 hs
El plan de incentivos de Rodolfo Suarez para crear un "Hollywood" mendocino
Foto: Prensa Rodolfo Suarez

El gobernador Rodolfo Suarez envió a la Legislatura un proyecto de ley para crear el programa Mendoza Audiovisual, a través del cual apunta a impulsar y favorecer la inversión en producciones audiovisuales en el territorio provincial. La iniciativa plantea reintegros del 40% en las inversiones para los beneficiarios y prevé una inversión presupuestaria provincial de $500 millones.

La propuesta impulsada por el Gobierno provincial está enmarcada en la Ley Nº 9058 del Régimen de Promoción y Desarrollo de la Industria Audiovisual, sancionada en 2018 y reglamentada a mediados de 2020. Su objetivo ha sido posicionar a Mendoza como un polo para la producción de contenidos audiovisuales e incrementar la generación de valor y empleo.

Entre los fundamentos del proyecto, se destaca que el impulso a la industria audiovisual tiene un “efecto derrame” que beneficia a empresas gastronómicas o de catering, de transporte, dedicadas al alojamiento u hotelería, de indumentarias y textiles, ferreterías y construcción, entre otras.

Al mismo tiempo, se señala que la localización de las principales inversiones y producciones audiovisuales se decide a partir de los incentivos que ofrecen las regiones. Hace hincapié en que los “retornos de inversión” son un mecanismo que tiene un impacto positivo en la atracción de recursos.

Por este motivo se apuesta a una modalidad de reintegro del 40% de la inversión a los beneficiarios, en sintonía con las características del programa Mendoza Activa, desplegado durante la gestión de Suarez.

Según plantea el articulado de la iniciativa legislativa, el programa Mendoza Audiovisual tendrá como finalidad fomentar el arribo de inversiones del resto del país y del mundo para la preproducción, producción y posproducción de contenidos audiovisuales que tengan impacto en la creación de empleo.

Concretamente, el plan es reintegrar aquellas erogaciones que sean realizadas por personas humanas o jurídicas con y sin fines de lucro para actividades vinculadas a la realización de estos contenidos. Alcanza a la producción de contenidos audiovisuales y la prestación de servicios de producción audiovisual de todo tipo incluyendo producciones audiovisuales de corto, medio y largometraje, documentales, publicitarias, televisivas, de animación, de video juegos.

También están comprendidas las adquisiciones y contrataciones destinadas a vestuario, maquillaje, utilería, escenografía, música, edición, proceso de sonido, alquiler y/o compra de equipos de cámara y luces, efectos especiales, comidas y alojamiento, según los rubros homologados por el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

La iniciativa especifica que la Provincia reintegrará el 40% de la inversión efectivamente realizada, neta de IVA. Contempla a beneficiarios que revistan la calidad de responsables inscriptos y advierte que se podrá utilizar como medios de reintegros el dinero en efectivo, la provisión de una tarjeta de consumo o billetera electrónica y el otorgamiento de un crédito fiscal, según se establezca en la reglamentación.

En este sentido, aclara que en el marco de la ley se podrá acceder al beneficio de un certificado de crédito fiscal por hasta el monto del 40% de la inversión total, para la cancelación de Ingresos Brutos. A su vez, se excluyen los montos que correspondan al Impuesto al Valor Agregado cuando se trate de un sujeto responsable inscripto en el citado impuesto.

El otorgamiento del crédito fiscal será implementado con la entrega de certificados y/o el mecanismo de billetera digital y/u otras modalidades idóneas, y deberá contar con resolución aprobatoria refrendada por los Ministerios de Hacienda y Finanzas y de Economía y Energía. La utilización del certificado de crédito fiscal podrá efectuarse hasta el 31 de diciembre del 2026. El beneficiario original del crédito fiscal y los sucesivos cesionarios podrán transferirlo de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

La iniciativa plantea autorizar una inversión de $500 millones para el programa. Establece que se incorporarán $200 millones al Presupuesto 2022, otros $200 millones al Presupuesto 2023 y $100 millones al Presupuesto 2024.

Entre los requisitos que deben cumplir los potenciales beneficiarios de esta ley se detalla que deben encontrarse inscritos en el Registro de Empresas Audiovisuales creado por Ley Nº 9058. También tienen que presentar una propuesta de desarrollo de contenidos audiovisuales cuya titularidad total o mayoritaria sea de productoras del resto del país o de terceros países y que estén asociadas a empresas locales, ya sea en calidad de socios, coproductores o prestadores de servicios de tales producciones.

Deben estar inscriptas como contribuyentes en la provincia de Mendoza y encontrarse en etapa de pre producción, producción y pos producción de contenidos audiovisuales. A su vez, deben demostrar estar asociados o haber firmado contratos de exhibición del producto final obtenido con plataformas, pantallas o empresas contratantes de reconocida trayectoria y posición en el mercado nacional e internacional. Y también deben demostrar haber conseguido financiamiento por un mínimo del 50% de la producción total.

Los diferentes proyectos que se postulen deberán superar una etapa de evaluación de la que participará Mendoza Film Commission, creada por la Ley Nº 9058.

En tanto, no podrán ser beneficiarios del programa entidades gubernamentales (nacionales, provinciales y/o municipales y/o sociedades con participación estatal); concesionarios y contratistas del Estado, siempre que la propuesta se relacione con el cumplimiento de la obligación por la que se vinculan con el Estado Nacional, Provincial o Municipal; personas que registren deudas en el Registro de Deudores Alimentarios.

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