Constitución nacional

Por qué motivo José Luis Espert tuvo que salir a corregir a Patricia Bullrich

El diputado de Avanza Libertad, José Luis Espert, le marcó a la presidenta del PRO, Patricia Bullrich, que la propuesta legislativa de usurpaciones ya está en la Constitución.

Redacción MDZ
Redacción MDZ viernes, 13 de mayo de 2022 · 22:08 hs
Por qué motivo José Luis Espert tuvo que salir a corregir a Patricia Bullrich
Foto: Twitter

El diputado de Avanza Libertad José Luis Espert corrigió a la presidenta del PRO, Patricia Bullrich, respecto a la legislación de la propiedad privada. Bullrich propone una nueva ley de emergencia que proteja la propiedad privada, ya que la toma de terrenos dentro de Argentina es cada vez mayor, incluso en un contexto donde el ejército argentino continúa en tratativas por la lucha de tierras que los mapuches quieren habitar. 

Bullrich estima legislar de emergencia para que el Estado pueda tener acción para frenar las usurpaciones. "Voy a proponer a nuestros legisladores una ley de emergencia de la propiedad privada. La toma de terrenos es una situación recurrente en todo el país", expresó la presidenta del PRO en Twitter. Espert le marcó a Bullrich que "no hace falta una nueva ley. Es más, en Argentina hay que deslegislar. El Art 17 de la Constitución ya protege la propiedad privada".

El diputado adjuntó diversos extractos de la Constitución en los que se decreta la ilegalidad de la usurpación y el cuidado de la propiedad privada. El artículo 181 de la Constitución trata la usurpación de manera que "será reprimido con prisión de seis meses a tres años". Asimismo, establece las bases de esta:" El que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes". 

El artículo 181 del Código Penal.

Por último, Espert citó el artículo 238 bis del Código Procesal Penal para dejar en claro que el desalojo express está legislado en casos de usurpación. 

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