Regulación

Alfredo Cornejo insistió con implementar la Ley de Eutanasia: los detalles

El legislador se refirió durante una exposición realizada en la Universidad Nacional de Cuyo al proyecto presentado en noviembre de 2021 acerca de la implementación de una normativa para la "buena muerte y regulación de la eutanasia". Para el exgobernador es necesario reflotar el tema en el Congreso.

Diego Gubinelli
Diego Gubinelli lunes, 25 de abril de 2022 · 21:45 hs
Alfredo Cornejo insistió con implementar la Ley de Eutanasia: los detalles
Foto: Prensa Alfredo Cornejo

El senador nacional radical Alfredo Cornejo presentó este lunes en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo) el proyecto de regulación de la Eutanasia, una iniciativa por la cual el exgobernador insistió en numerosas ocasiones. Allí, estuvo acompañado de la jurista y exministra de la Suprema Corte de Mendoza Aída Kemelmajer de Carlucci y el Dr. Daniel Ostropolsky, quien padece Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA). 

El proyecto fue planteado por Jimena Latorre y Alfredo Cornejo -cuando aún era diputado nacional- en noviembre de 2021 bajo el título de "Buena Muerte y regulación de la eutanasia". Con el correr de los meses, la idea no prosperó y es por ello que la disertación en la Universidad Nacional de Cuyo se realizó a modo de resurgimiento.

En detalle, el legislador se refirió a que introducirá el tema en la agenda parlamentario al sostener: "Lo presentaremos en breve en el Senado con Mariana Juri. Vamos a pedir un tratamiento expedito para que no pase por todas las comisiones. Necesitamos este debate. Se ha dilatado y se le dio giró a cuatro comisiones. Lamentablemente hay otras prioridades".

Cornejo aseguró que "no es una ley de muerte digna, sino de buena muerte". Luego comentó que "esta legislación ya la tienen muchos países y algunos estados de los Estados Unidos. En todos los lugares donde se ha aplicado, se actúa con estricto profesionalismo”. En ese sentido agregó que "parte jurídica del proyecto fue trabajada con Ostropolsky quien sufre una enfermedad inhabilitante en primera persona”.

 

Por su parte, Aída Kemelmajer dio su punto vista respecto del tema y señaló: “Este proyecto es muy bueno y con los aportes que se realicen, podemos hacerlo mucho mejor porque, además, tiene en cuenta leyes de otros países y esta iniciativa incluso supera a la española. De modo que quien ha preparado este proyecto, ha estudiado y trabajado para que nuestro país tenga este tipo de leyes. Debe debatirse y que no quede en los cajones del Congreso".

En qué consiste el proyecto

Alfredo Cornejo profundizó en los requisitos que contempla la regulación de la eutanasia que defiende. Según indica el escrito, es necesario “que lleven asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para quien lo padece, existiendo seguridad o gran probabilidad de que tales limitaciones vayan a persistir en el tiempo sin posibilidad de curación o mejoría apreciable. En ocasiones puede suponer la dependencia absoluta de apoyo tecnológico”.

Asimismo aclaró que quien desee que se le aplique la eutanasia debe tener “suscrito un documento de directivas médicas anticipadas, instrucciones previas, testamento escrito o documentos equivalentes legalmente reconocidos, en cuyo caso se podrá facilitar la prestación de ayuda para morir conforme a lo dispuesto en dicho documento”. El proyecto también subraya que “la valoración de la situación de incapacidad de hecho, por el médico responsable, se hará conforme a los protocolos de actuación que se determinen por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud”.

En tanto, se detalla que “toda la información relativa a la prestación de ayuda para morir y recibir tal información de modo que formen y expresen su voluntad, otorguen su consentimiento y se comuniquen e interactúen con el entorno, de modo libre, a fin de que su decisión sea individual, madura y genuina, sin intromisiones, injerencias o influencias indebidas”.

Y añade: "Para el procedimiento lo primero que deberá hacer el paciente es presentar la solicitud de ayuda para morir ante la Comisión Médica de Asistencia y Evaluación correspondiente a su jurisdicción. El presidente de dicho organismo designará a dos miembros del mismo, un profesional médico y un jurista, para que verifiquen si, a su juicio, concurren los requisitos y condiciones establecidos para el correcto ejercicio del derecho a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir”.

El debate para legalizar la eutanasia en Argentina vuelve a posicionarse en agenda.

Una vez que la resolución sea positiva "la prestación de la ayuda a morir no podrá dilatarse más allá de los diez días corridos a partir de la fecha de emisión de la resolución que la autoriza. Si el paciente se encuentra consciente deberá comunicar la modalidad en la que quiere recibirla".

Sobre la objeción de consciencia, en el proyecto se manifiesta que "el profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la ayuda del buen morir, tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. En este caso deberá poder derivar a la persona para que sea atendido por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones".

La iniciativa prevé en los casos de los efectores de salud que no cuenten con profesional para ayudar al paciente en el buen morir “deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó.

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