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Ordenan la suspensión de explotación petrolera en Mar del Plata

Así lo decidió el juez Federal Santiago Martín al hacer lugar a una medida cautelar.
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La Justicia federal de Mar del Plata hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Organización de Ambientalistas Organizado y ordenó la suspensión de las tareas de explotación petrolera a 300 kilómetros en la localidad costera, del proyecto denominado “Campaña de Adquisición Sísmica Offshore Argentina ”hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. También se sumó Greenpeace.

En su fallo el juez Martín aseguró “que se encuentra suficientemente acreditada la verosimilitud en el derecho invocado por las y los amparistas, sin perjuicio, claro está, de las explicaciones que brinden el Estado Nacional y la empresa Equinor al tiempo de presentar los informes que se les requerirá en este proceso colectivo”.

Al hacer lugar a la medida cautelar, el magistrado tomó en cuenta:

  1. El cumplimiento defectuoso de los estándares sobre información y participación que se desprenden de la legislación vigente y del Acuerdo de Escazú (Ley 27.566)
  2.  La falta de una instancia de consulta al Municipio de General Pueyrredón en el proceso de toma de decisión
  3. Las falencias del Estudio de Impacto Ambiental derivadas de la insuficiente proyección sobre los impactos acumulativos de las exploraciones a realizarse sobre el Mar Argentino." 

El expediente nació por un amparo interpuesto por la ONG ambientalista denunciando la ilegalidad de la Resolución 436/2021 del Poder Ejecutivo Nacional que autorizó la realización del proyecto de exploración sísmica y explotación de hidrocarburos off-shore, desarrollado por la empresa EQUINOR ARGENTINA. En si presentación refirieron al inminente daño ambiental.

Además fue el intendente Guillermo Montenegro, quien presentó otro planteo similar afirmando que la población marplatense no fue convocada en el procedimiento de información y participación ciudadana, en los términos del art. 7° del Acuerdo de Escazú, aprobado por Ley 27.566.