Momento de definiciones

Rodolfo Suarez defendió su candidatura y ahora Walter Bento deberá resolver si es legal

El apoderado de la lista A de Cambia Mendoza, Juan Pablo Cebrelli, presentó ante el Juez Federal con competencia electoral la defensa de la candidatura del gobernador, quien ocupará el lugar de suplente a senador nacional. Desestima los planteos de impugnación que presentó Vamos Mendocinos.

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MDZ Política martes, 3 de agosto de 2021 · 15:00 hs
Rodolfo Suarez defendió su candidatura y ahora Walter Bento deberá resolver si es legal
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Este martes ingresó en el Juzgado Federal de Walter Bento la defensa de la candidatura de Rodolfo Suarez como primer suplente a senador nacional. La misma había sido impugnada por el frente Vamos Mendocinos y en un extenso escrito el apoderado de la lista A de Cambia Mendoza, Juan Pablo Cebrelli, intentó desestimar los argumentos esgrimidos desde ese espacio y pidió que confirmen la candidatura de Suarez.

En concreto, rechazan la impugnación y fundamenta la postura de que el artículo 115 de la Constitución provincial ha quedado en desuso y va en contra de la Constitución Nacional, la cual establece los requisitos para ser senador de la nación.

"El principio de la supremacía constitucional está consagrado de manera expresa en el artículo 31 de la Constitución nacional, en cuanto dispone que: 'Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales…', comienza el escrito que se presentó ante la Secretaría Electoral.

Walter Bento definirá si Suarez puede ser candidato.

Pero además de ello, esgrime que el contexto histórico de 196 a la fecha ha variado considerablemente y que se puede calificar esta situación como una de las tantas "mutaciones constitucionales". Según explica, son aquellos cambios no formales que operan en el correr de la historia de una Constitución, sin alterar el enunciado formal ni cambiar la letra del texto. "Según la doctrina tradicional, esto se da por la fuerza de la modificación de las tradiciones, de la adecuación político social, de las costumbres, de la alteración empírica y sociológica, por la interpretación o por el ordenamiento de estatutos que afectan la estructura orgánica del Estado”, fundamenta.

Específicamente, hace referencia a que según la Constitución de Mendoza de 1916 los senadores nacionales los elegía la Legislatura provincial, algo que cambió tras la sanción de la reforma de la Constitución Nacional en 1994 que determinó su elección por voto popular. 

"Ahora bien, si se sostiene que el artículo 115, que impide al gobernador ser senador, sigue vigente ¿Entonces el inciso 4 del artículo 105, que faculta a la Asamblea Legislativa a elegir los senadores nacionales, también sigue vigente? Constituiría un absurdo afirmar que uno está en vigencia y el otro no", sostiene la defensa de Suarez.

"En consecuencia, otorgar prevalencia al artículo 115 de la constitución provincial sería una mutación ilegítima a la Constitución nacional al modificar la forma en que se eligen los senadores de la nación o los requisitos de elegibilidad de los mismos", adhiere y deja claro que a su criterio la única conclusión  a la que puede llegar la Justicia es que debe considerar "inaplicable la proscripción a los gobernadores que contiene el artículo 115 de la Constitución de Mendoza".

Por último, también rechaza el argumento de que el artículo aún no ha sido declarado inconstitucional o que hubiese correspondido iniciar antes una acción declarativa de certeza o directa de inconstitucionalidad para que la prohibición de la norma.

"Que hoy y pretorianamente se admita canalizar los planteos directos por vía de la acción de certeza, no obsta a que el planteo sea introducido por la vía tradicional que es la defensiva. De este modo, a quien se le quiere imponer o hacer valer una norma inconstitucional, puede defenderse alegando su inaplicabilidad e inconstitucionalidad, tal como se ha hecho en esta presentación, sin que resulte necesario que existan pronunciamientos previos en tal sentido ni que esta ausencia implique la aplicación automática de las normas viciadas", asevera el escrito del apoderado de Cambia Mendoza.

"Pretender que una norma inconstitucional debe aplicarse automáticamente ante la ausencia de planteos previos, solo trasunta desconocimiento del derecho vigente, además de una clara infravaloración de la función judicial", finaliza.

Una situación incómoda

La situación de la Justicia electoral en Mendoza está teñida por la investigación penal que tiene al juez Walter Bento como procesado. El magistrado está acusado de liderar una asociación ilícita que habría cobrado coimas para beneficiar a imputados, pero a pesar de la contundencia y la gravedad de la investigación que lo involucra, no ha dado un paso al costado y sigue ejerciendo plenamente sus funciones.

El juez Walter Bento.

Tanto como juez penal en el Juzgado Federal 1 como también en su carácter de juez con competencia electoral en la provincia de Mendoza. Por este motivo, termina resolviendo situaciones como la impugnación de la candidatura de Rodolfo Suarez o la legalidad de las "colectoras" que presenta el Partido Justicialista en varios municipios.

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