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Muerte de Nisman: Casación rechazo un planteo de Diego Lagomarsino para que declare un perito

La Cámara de Casación rechazó una queja del técnico informático en la causa por el asesinato del fiscal Nisman que buscaba que un perito declarara en el expediente.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó una queja de la defensa del técnico informático Diego Lagomarsino que en el marco de la investigación por la muerte del fiscal Alberto Nisman donde está procesado como partícipe necesario. Había solicitado que se convoque al perito José Luis Manzano a declaración testimonial.   

La queja de los abogados de Lagomarsino se dio luego del rechazo en varias instancias al planteo de nulidad interpuesto contra el dictamen de fecha 24 de noviembre de 2020 mediante el cual el fiscal Eduardo Taiano rechazó el pedido de que se convoque al Ingeniero José Luis Manzano a prestar declaración testimonial. Los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro querían que el perito explique si había rastros de manipulación de un arma de fuego en las manos de Nisman 

En dicha resolución el fiscal había manifestado: “En relación con la medida solicitada, siendo que el informe pericial realizado por el Ing. José Luis Manzano, como así también aquel efectuado por los peritos de la División Laboratorio Químico de la Superintendencia de Policía Científica de la PFA, ya fue analizado con un enfoque interdisciplinario en la Junta llevada a cabo durante el año 2017 y con intervención de los peritos de parte y, en consecuencia, no se advierte la suma necesidad esgrimida por la parte, no ha lugar a lo peticionado”.

Esta decisión fue avalada por el juez Ercolini el 17 de diciembre de 2020 y luego ratificada por la Sala II de la Cámara Federal, que derivó en un recurso de Casación que fue denegado

Según la resolución a la que accedió MDZ los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Carbajo manifestaron que “la defensa no ha logrado demostrar, ni se advierte, vulneración alguna al derecho de defensa en juicio del imputado.

Desde otra óptica, tampoco se observa la arbitrariedad de sentencia alegada, por cuanto, en atención al carácter restrictivo de la admisión de dicha doctrina, para que prospere la impugnación con ese respaldo es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida, que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual la defensa no ha conseguido acreditar en autos.

La jueza Ángela Ledesma adhirió al planteo de sus colegas.