Boletín Oficial

Las nuevas medidas del Gobierno Nacional

Se trata de dos publicaciones oficializadas en el Boletín Oficial, las cuales especifican la vigencia del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio y el cierre de fronteras para el turismo hasta el 12 de marzo.

Redacción MDZ
Redacción MDZ domingo, 28 de febrero de 2021 · 11:13 hs
Las nuevas medidas del Gobierno Nacional
Foto: Prensa Gobierno Nacional

El Gobierno Nacional anunció a través del Boletín Oficial dos medidas en relación a la crisis sanitaria, producto de la pandemia de coronavirus. Se trata del cierre de fronteras y de la extensión del distanciamiento social.

A poco tiempo de vencerse su vigencia, desde Casa Rosada anunciaron que el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) continuará rigiendo, tal cual ha ocurrido en el último transcurso de tiempo. La oficialización, publicada en el Boletín Oficial. como Decreto 125/2021, considera que la fase de distanciamiento continúe vigente en todas las jurisdicciones del país.

Asimismo, el Gobierno Nacional ratificó la potestad de los gobernadores para implementar medidas en sus provincias, considerando cada situación epidemiológica en particular.

Pese a la delegación de poder a las provincias, el Poder Ejecutivo remarcó que para esto las mismas deberán seguir teniendo en cuenta dos parámetros sanitarios: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20; o cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150.

Por su parte, fue resaltada la importancia de las clases presenciales al indicarse que -en caso de que sea necesario disminuir la circulación de personas por la propagación del virus- “se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos”.

En tanto a las actividades permitidas, las mismas seguirán siendo las establecidas en la última extensión del DISPO. Por ejemplo, reuniones sociales en espacios al aire libre y con medidas de distanciamiento social; el funcionamiento de todos los sectores económicos, industriales o de servicios; y las actividades deportivas y artísticas mediante el cumplimiento de pautas de higiene y cuidado sanitario.

Aquí, el decreto completo: 

 

Cierre de fronteras para el turismo hasta el 12 de marzo

El Gobierno oficializó la medida mediante la Decisión Administrativa 155/2021, publicada en el Boletín Oficial. 

Según lo indicado por el documento firmado por el gabinete de Alberto Fernández, la prueba piloto que autorizó el ingreso a turistas extranjeros provenientes de Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia y Chile; continuará en suspenso. 

También seguirán suspendidas las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto relativas a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido, debido a la alarmante nueva variante de coronavirus presente en dicho territorio.

Por otro lado, se mantendrán reducidas las frecuencias de vuelos provenientes de Estados Unidos, México y Europa al 30% de su capacidad. En lo que respecta a Brasil, esta será del 50%.

Un punto a destacar es lo que debe tener en cuenta el ciudadano argentino al salir del país. Al hacerlo, este estará “asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma; tal y como la imposibilidad de iniciar el viaje con síntomas compatibles con COVID-19, la necesidad de contar con un servicio de salud del viajero COVID en el exterior para la cobertura médica y/o aislamiento, y de denunciar los lugares en donde estuvo en los últimos 14 días previos al reingreso al país, entre otros”.

La decisión administrativa en detalle:

 

Archivado en