Justicia

Se cerró definitivamente la causa por la construcción del mausoleo de Néstor Kirchner

La medida beneficia al empresario Lázaro Báez quien estuvo a cargo de la obra. Lo decidió la Cámara federal al tener por desistido el recurso del fiscal Carlos Stornelli.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese miércoles, 1 de diciembre de 2021 · 13:19 hs
Se cerró definitivamente la causa por la construcción del mausoleo de Néstor Kirchner

La cámara Federal cerró definitivamente la investigación por la construcción del mausoleo en Río Gallegos donde descansan los restos del expresidente Néstor Kirchner. Días atrás, el juez Ariel Lijo, actualmente subrogando el juzgado federal 12, archivó el expediente contra el empresario santacruceño Lázaro Báez.

Los jueces de la sala 2 tuvieron por desistido el recurso de apelación oportunamente articulado por la fiscalía. 

Al analizar el caso manifestaron que el acusador público, Carlos Stornelli, apeló la decisión del juez Ariel Lijo de “archivar las presentes actuaciones que llevan el n° CFP 5149/2013 caratulada “Báez, Lázaro Antonio s/ averiguación de delito” de conformidad con lo establecido por el artículo 195, segundo párrafo del Código Procesal Penal de la Nación”.

Sin embargo, radicado el caso ante la Alzada, el Sr. Fiscal General, José L. Agüero Iturbe, no mantuvo la impugnación ni se presentó a la audiencia fijada. Siendo eso así, “el silencio de la representación de la única parte con legitimación activa que existe en la causa impide la vía de revisión, por expresa disposición legal (arts. 453, segundo párrafo y 454, segundo párrafo, del CPPN)”, sostuvieron los magistrados. 

En su resolución, el magistrado entendió que “no fueron advertidos elementos que permitan suponer que esto se hubiera tratado de un regalo dirigido a un funcionario público en infracción al artículo 18 de la Ley 25188 ( ley de ética pública) o que de ello se desprenda la comisión de delito alguno".

Así, al explayarse sobre la cuestión traída a estudio consideró que lo que ha sido verificado es que “los destinatarios de los fondos utilizados para la construcción del mausoleo, han sido los habitantes de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, en tanto su construcción tuvo como objetivo que los residentes de esa metrópolis cuenten con un sitio especial para rendir homenajes y visitar al expresidente, como también recordar su trayectoria e importantes cargos que ostentó en todos los niveles del Estado y la trascendencia internacional de su figura". 

De este modo explicó que la Ciudad de Río Gallegos, por intermedio de sus representantes, siguiendo las pautas reglamentarias correspondientes, solicitó la reserva de tierra para la construcción del mausoleo con esos fines. Ello tuvo lugar en la sesión del 18 de noviembre de 2010, celebrada por el Honorable Concejo Deliberante de la esa ciudad, oportunidad en que el Concejal Hidalgo presentó el proyecto de Resolución mediante el que se plasmaba dicha petición, la cual fue aprobada por unanimidad, dando lugar a la Resolución n° 299/10.

Recordemos que la causa se inició en junio de 2013 a raíz de la denuncia promovida por el fiscal Guillermo Marijuan por entonces interinamente a cargo de la Fiscalía Federal 12, en razón de la presentación que realizó Patricia Bullrich.

Allí la titular del PRO puso en conocimiento de la Justicia la solicitud de investigación que efectuó ante la Oficina Anticorrupción en orden a la presunta violación de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública (25.188) en que pudo haberse incurrido en la construcción a modo de donación y/o regalo -que indicó como de público conocimiento- y/o en el mantenimiento del Mausoleo donde se encuentran los restos del ex presidente Néstor Kirchner que, según expuso, habría realizado Lázaro Antonio Báez, respecto a quien señaló que habría detentado una posición beneficiosa en la adjudicación de obras públicas, a Cristina Fernández de Kirchner, en este entonces Presidenta de la Nación, y/o su grupo familiar.

En dicha ocasión el fiscal Carlos Stornelli abrió la investigación y solicitó medidas de prueba. Tras varios años y luego de evacuar todas las diligencias el juez Lijo consideró que no hay más para realizar y que de lo actuado no se observaron acontecimientos que permitan elaborar una hipótesis alternativa de investigación o que posibiliten la obtención de medios probatorios que hagan posible ahondar con la presente pesquisa.

“Ante este panorama, y toda vez que no se ha visto corroborada la versión acusatoria formulada, deviene como resultado necesario adoptar el criterio contenido en el artículo 195 del Código de Procedimiento y, en consecuencia, proceder al archivo de los presentes autos", sostuvo el magistrado.

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