Por Daniela García, diputada

Una revisión de la equidad para la reforma Constitucional

La diputada provincial Daniela García hace un análisis de la reforma de la Constitución de Mendoza que se plantea por medio de un proyecto de Ley presentado por el Ejecutivo.

MDZ Política
MDZ Política jueves, 20 de agosto de 2020 · 17:01 hs
Una revisión de la equidad para la reforma Constitucional

En 1916 se consagraba, como texto principal para regir las vidas de la ciudadanía de Mendoza, una Constitución que cumplía no solo con los requisitos ideales por ser republicana y democrática, sino que se destacaba al imponer principios que para el momento de su creación, eran sumamente vanguardistas.

Sin embargo, la sociedad actual dista mucho de aquella sociedad que hace 106 años pensó un futuro, y lo plasmó en nuestra constitución provincial. Son diversos y múltiples los cambios, la transformación es notoria. Las constituciones que nos rodean, tanto la Nacional, como las provinciales, han ido mutando acorde han pasado los años, mientras que la nuestra, por su carácter rígido o semi-pétreo, ha sostenido aquella lógica liberal en la que fue concebida, que si bien fue moderna en su momento, ya ha quedado desfasada.

La “forma” que hoy advertimos en el modo de vida de nuestra provincia es producto de esa constitución de 1916. Podemos ver hoy que el hecho de dar carácter constitucional a la educación y a la administración del agua, sentaron las bases para el desarrollo de la Mendoza actual, sin mencionar que la estabilidad política que gozamos junto a la gran institucionalidad que percibimos, se la debemos a la limitación de reelección de la fórmula para la gobernación, como a la creación de los órganos de control de carácter constitucional. Podemos agregar además que es una de las primeras constituciones en reconocer derechos sociales, e incluir un amparo para las mujeres trabajadoras.

No obstante, y este es el punto, no fue ni es suficiente. Y para entender esto, solo hay que saber que en 1916 las mujeres no votaban y que la convención constituyente que dio forma a nuestra carta magna no fue integrada por ninguna mujer. En ese entonces, solo había atisbos de una universalización real del sufragio, en proyectos e intenciones, en su mayoría fuertemente resistidos por los sectores conservadores, para poder tener, casi cuarenta años después, recién en el año 1951, la primera elección con voto femenino.

Si tenemos en cuenta que, según el censo Nacional de 1914, la población de Mendoza era de 277.535 personas y las mujeres representaban el 46% de este número, se podría interpretar que, en la Constitución de 1916, falta el enfoque de casi la mitad de la población de Mendoza, quedando por tanto la otra mitad al margen de la concepción y de la participación en el proceso constituyente de ese entonces, y por tanto en la defensa de sus derechos y garantías. Y es en esta materia en donde debemos velar por el reconocimiento de la noción de igualdad sustancial y no solamente “formal” ante la ley  para que a partir de allí, sea el aparato estatal el que disminuya la brecha y la desigualdad real que existe en cuanto al género, con políticas públicas apuntadas para ello. Casi un siglo después, con la misma constitución vigente, la población de Mendoza es de 1.738.929 habitantes y el 51% son mujeres, según los datos del Censo Nacional de 2010.

La reforma Constitucional de 1994 a nivel nacional, ha significado un importante avance cualitativo en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, asignando a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer la mayor jerarquía en la pirámide legal, a la vez que incluyó la garantía del pleno ejercicio de los derechos políticos mediante la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios mediante acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y el régimen electoral.

El proyecto formalizado por el Gobernador Rodolfo Suárez en su artículo segundo, inc 6 explicita “Consagrar la igualdad de oportunidades entre mujeres y varones en el ámbito público y la obligación del Estado de promover en el ámbito privado la igualdad real de oportunidades entre géneros“.  Si tenemos la oportunidad de reformar nuestra Carta Magna, siguiendo el ejemplo de la Constitución Nacional, debemos apuntalar en ese texto, todas las herramientas que nos permitan establecer y desarrollar una verdadera Equidad, para que toda la ciudadanía sea igual y libre, eliminando para siempre cualquier diferencia de toda índole pero sobre todo, las desigualdades e inequidades de género.

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