Boletín Oficial

Habilitan en Mendoza a los hoteles para alojar trabajadores esenciales

Los hoteles y alojamientos de Mendoza ya están habilitados para recibir a los trabajadores de actividades esenciales que, por cuestiones laborales, deban alejarse temporalmente de sus domicilios y necesiten un lugar para dormir.

Nicolás Munilla
Nicolás Munilla martes, 23 de junio de 2020 · 03:00 hs
Habilitan en Mendoza a los hoteles para alojar trabajadores esenciales

Los hoteles y alojamientos de Mendoza ya están habilitados para recibir a los trabajadores de actividades esenciales que, por cuestiones laborales, deban alejarse temporalmente de sus domicilios y necesiten un lugar para dormir.

Se trata de una medida dispuesta a principios de este mes por la ministra de Cultura y Turismo, Mariana Juri, pero recién hoy fue publicada en el Boletín Oficial. De hecho, suma una oportunidad más al sector hotelero para atraer nuevos clientes, siendo que también están autorizados a recibir turistas mendocinos en el marco de la nueva etapa de distanciamiento social obligatorio que rige durante la pandemia de coronavirus.

"Dispóngase que los alojamientos habilitados por el Ente Mendoza Turismo según la Resolución N° 568/2007 podrán, previa autorización de la autoridad competente para funcionar bajo esta modalidad, hospedar a personas que con motivo de cumplir una actividad esencial determinada, encontrándose fuera de su residencia habitual, deban hospedarse temporalmente en estos establecimientos, siempre que acrediten fehacientemente dicha circunstancia mediante autorización emitida por el gobierno de Mendoza", indica la resolución firmada por Juri.

Asimismo, todo hotel y/o alojamiento que reciba a trabajadores esenciales, deberá cumplir con una serie de condiciones:

  • Solo podrá darse alojamiento a aquellas personas que se encuentren realizando una actividad esencial temporaria en la provincia, situación que debe estar fehacientemente acreditada por la autorización emitida por el gobierno de Mendoza.
  • Las personas alojadas deberán suscribir una declaración jurada que quedará bajo la custodia del establecimiento
  • La limpieza y desinfección de la habitación ocupada bajo esta modalidad, deberán ser acordes a la emergencia sanitaria, no pudiendo ocuparse nuevamente la habitación dentro de las 24 horas posteriores al egreso de una persona.
  • No podrán alojarse más de dos personas por habitación.
  • El servicio de comidas, en caso de ser requerido por el huésped, deberá brindarse en la habitación, sin excepción.
  • Se prohíbe expresamente durante la estadía, recibir visitas de cualquier naturaleza.

Además, el Ministerio de Cultura y Turismo remarcó que están excluidos de esta habilitación todos los hoteles que estén recibiendo a los mendocinos que ingresen desde afuera de la provincia, dado que esa actividad "es incompatible con cualquier otro tipo de recepción de personas para su alojamiento".

Para que el establecimiento hotelero pueda operar bajo esta modalidad, deberá contar con una autorización del Ente Mendoza Turismo (a cargo de Juri), un registro de datos por escrito de todos los huéspedes y las declaraciones juradas de los trabajadores esenciales alojados.

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