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"Si quieren legislar, vayan al Congreso", Jorge Macri aplaudió el fallo contra la jueza Laura De Marinis por el régimen penal juvenil

El jefe de Gobierno porteño respaldó la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, que dejó sin efecto el fallo que había declarado inconstitucional la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil.

El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, celebró la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, que revocó el fallo de la jueza Laura Beatriz De Marinis sobre la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil.

“Un necesario freno al garantismo judicial. La ley está para cumplirse. Si quieren legislar, vayan al Congreso”, publicó Macri en sus redes sociales después de que se conociera la resolución del tribunal de alzada.

Qué resolvió la Cámara

La Cámara dejó sin efecto el sobreseimiento de un adolescente de 14 años que estaba acusado de tentativa de robo y, además, dispuso apartar a De Marinis del expediente. De esta manera, la investigación podrá continuar con la intervención de otro magistrado.

La decisión fue tomada por unanimidad por la Sala III, integrada por los jueces Ignacio Mahiques, Martín Larroca y Fernando Franza. El tribunal consideró que los argumentos utilizados por De Marinis no demostraban que el artículo 1° de la Ley 27.801 fuera incompatible con una norma constitucional o convencional.

En su voto, Mahiques sostuvo que la resolución de primera instancia implicaba una valoración sobre la política criminal definida por el Congreso y planteó que el control judicial no habilita a reemplazar una decisión legislativa por otra en función de cuál pueda parecer más conveniente desde una determinada concepción de política criminal.

Franza, por su parte, consideró que la jueza había avanzado sobre la validez de una norma que, según su interpretación, no presentaba un conflicto con ningún precepto constitucional. También cuestionó que hubiera valorado hechos y pruebas sin que las partes pudieran pronunciarse.

De Marinis declaró inconstitucional, para este caso concreto, la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil

De Marinis declaró inconstitucional, para este caso concreto, la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil

Por qué apartaron a la jueza De Marinis

Además de revocar su decisión, la Cámara dispuso el apartamiento de De Marinis del expediente. Mahiques señaló que se trata de una medida excepcional, pero consideró que la sentencia había mostrado un “adelanto de posición” sobre la relevancia penal de la conducta atribuida al adolescente.

Según el tribunal, esa circunstancia generaba un temor objetivo respecto de la imparcialidad de la magistrada para continuar interviniendo en el caso. El expediente quedará ahora en manos de otro juez, que podrá continuar con la investigación por la tentativa de robo.

Qué había resuelto la jueza

La magistrada había aclarado que su decisión estaba limitada a las circunstancias particulares del joven y que no implicaba declarar inválida de manera general la nueva normativa. También había sostenido que la intervención penal podía resultar regresiva y estigmatizante en las condiciones particulares del adolescente.

El caso se originó por un episodio ocurrido el 10 de septiembre en Palermo, en el que un adolescente de 14 años fue investigado por un intento de robo. La fiscalía apeló la decisión y pidió que el sobreseimiento fuera dejado sin efecto.

Qué establece el nuevo Régimen Penal Juvenil

La Ley 27.801 establece un régimen penal específico para adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18 cuando son imputados por delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales. La norma fue sancionada el 27 de febrero de 2026 y promulgada en marzo. Su implementación comenzó el 5 de septiembre, luego de la reglamentación mediante el Decreto 875/2026.

El régimen establece un sistema diferenciado para adolescentes y contempla principios vinculados con la responsabilización, la educación, la resocialización y la integración social, además del respeto de las garantías procesales.