Inflación

Extendieron el congelamiento de precios máximos hasta el 30 de junio

El gobierno nacional prorrogó el congelamiento de los precios de todos los productos de la canasta básica hasta el 30 de junio, por lo que más de 23.000 artículos de las 50 categorías de alimentos, bebidas, perfumería y limpieza que hoy integran la plataforma de Precios Claros.

Nicolás Munilla
Nicolás Munilla lunes, 18 de mayo de 2020 · 01:11 hs
Extendieron el congelamiento de precios máximos hasta el 30 de junio

El gobierno nacional prorrogó el congelamiento de los precios de todos los productos de la canasta básica hasta el 30 de junio, por lo que más de 23.000 artículos de las 50 categorías de alimentos, bebidas, perfumería y limpieza que hoy integran la plataforma de Precios Claros, continuarán con los mismos valores vigentes desde hace dos meses.

La medida original se dictó el pasado 19 de marzo, pocas horas antes de comenzar la cuarentena obligatoria en la Argentina, y dispuso que los precios de los productos de la canasta básica que integran el Sistema Electrónico de Publicidad de Precios (SEPA) fuera retrotraídos al 6 de marzo, para garantizar el abastecimiento y evitar abusos de precios en el marco de las medidas de aislamiento social por la pandemia de coronavirus. En ese sentido, además se confeccionó una lista de referencia con valores máximos que debe ser respetada por hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, minimercados y mayoristas.

A través de la Resolución 133/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, dispuso: "Prorrógase la vigencia estipulada en el Artículo 9º de la Resolución Nº 100 de fecha 19 de marzo de 2020 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, y sus modificatorias, hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive".

En sus consideraciones, el organismo resaltó que "deviene un deber el salvaguardar el bienestar del pueblo argentino y asegurar el acceso a los bienes de consumo general esenciales en condiciones razonables, justas y equitativas por parte de todos y todas".

Asimismo, la normativa reiteró nuevamente una intimación para que las empresas productoras de estos bienes incrementen su capacidad de producción: "Intímase a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos incluidos, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente resolución", para evitar problemas de abastecimiento y garantizar el acceso a esos productos esenciales para la supervivencia.

 

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