Salario complementario

Sanatorios, escuelas privadas y transporte fueron incluidos en el pago del salario complementario

El gobierno nacional autorizó la inclusión de más rubros de actividades laborales en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para el pago del salario complementario.

Nicolás Munilla
Nicolás Munilla martes, 12 de mayo de 2020 · 02:47 hs
Sanatorios, escuelas privadas y transporte fueron incluidos en el pago del salario complementario

El gobierno nacional autorizó la inclusión de más rubros de actividades laborales en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para el pago del salario complementario.

Dicha iniciativa consistente en una asignación abonada por el Gobierno nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, equivalente al 50% del salario neto del asalariado correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes.

Desde que comenzó a implementarse el mes pasado, este beneficio fue ampliándose a más actividades de la economía, siendo cada vez mayor el número de empresas que solicitan la acreditación del 'salario complementario' en sus trabajadores. Ahora el jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, aprobó mediante una resolución en el Boletín Oficial, una serie de recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP para añadir tres importantes rubros: sanatorios y clínicas, escuelas de gestión privada y algunos tipos de transporte de pasajeros y carga como taxis, remises, transporte escolar y mudanzas.

En el caso de los efectores privados de la salud, el Comité solicitó al Ministerio de Salud de la Nación que "mediante la fijación de los criterios objetivos que estime adecuados, efectúe la selección de los prestadores referidos y los comunique", mientras que pidió a la AFIP que "le remita a ese Ministerio el listado de los empleadores inscriptos en el Programa, incluyendo los del sector salud que ya han obtenido el beneficio del salario complementario de modo tal de evitar superposiciones y de aquellos otros inscriptos".

Previamente, el Ministerio de Salud de la Nación elevó un informe al Comité en el que detallaba la delicada situación de los hospitales y clínicas de gestión privada: "Frente a la actual coyuntura, el sector salud es uno de los que ha visto comprometido de manera alarmante sus indicadores de producción y financiamiento. Es el único sector de nuestra economía en donde se conjuga una mayor demanda operativa con mayores costos (se estima que han crecido entre un 15% y un 20% en el periodo febrero-abril) para contener los efectos de la pandemia, con una caída de los niveles de producción que compromete seriamente la viabilidad económica de las instituciones prestadoras".

Además de los problemas con el personal médico, sanitario y administrativo y la mayor cantidad de insumos adquiridos para enfrentar la pandemia, las empresas afrontan críticos problemas de facturación y de la cadena de pagos: "Actualmente están cobrando las facturaciones de diciembre, enero o febrero que son muy bajas dada la estacionalidad que tienen los servicios de salud. En muchos casos, el ciclo de facturación refleja una demora de entre 60 y 90 días desde el momento real de prestación con ciclos de cobranza de entre 90 y 120 días desde la fecha de presentación de la factura. El devenir de las variables de financiamiento del sector hace suponer que dicha cadena de pagos se verá afectada significativamente en el corto plazo".

"Los prestadores de salud que operan a lo largo y a lo ancho de nuestro país representan una actividad económica que se ha visto afectada en forma crítica y que cuenta con el mayor nivel de contagios dentro de sus trabajadores. Dicha situación se desarrolla en un escenario yuxtapuesto, de mayor nivel de demanda específica en el marco de la pandemia con un incremento significativo en los costos directos e indirectos para enfrentarla", advierte el ministerio.

Por el lado de los colegios privados, el Comité aceptó la mayoría de las recomendaciones del Ministerio de Educación de la Nación para su inclusión en el beneficio, pero con algunas condiciones distinguiendo entre aquellos que cuentan con algún aporte estatal previo y los que no tienen con dicho aporte: "Que el Ministerio de Educación proporcione directamente a la AFIP el listado de las instituciones que no perciben aportes y/o subsidios identificadas por sus respectivas CUITs cuyos trabajadoras y trabajadores se encuentran en condiciones de percibir el Salario Complementario, y que la AFIP avance con el trámite tendiente a efectivizar ese beneficio".

"En relación con las instituciones que sí perciben aportes y/o subsidios por parte de las jurisdicciones locales, el Comité solicita que el Ministerio de Educación se sirva efectuar un nuevo análisis de los casos resultantes y, a partir de la información que propició recabar, realice una nueva propuesta para su tratamiento en el marco de las previsiones del Decreto N° 332/20 y sus modificatorios", añadió.

En tanto, algunos rubros de transporte de pasajeros y de carga que no estaban incluidos en el Programa ATP ahora tendrán la oportunidad de percibir el beneficio. Estos sectores son:

  • Servicios de transporte automotor de pasajeros mediante taxis y remises, alquiler de autos con chofer (Incluye los radiotaxis)
  • Servicio de transporte escolar (Incluye el servicio de transporte para colonias de vacaciones y clubes)
  • Servicio de transporte automotor urbano y suburbano no regular de pasajeros de oferta libre, excepto mediante taxis y remises, alquiler de autos con chofer y transporte escolar (Incluye servicios urbanos especiales como charters, servicios contratados, servicios para ámbito portuario o aeroportuario, servicio de hipódromos y espectáculos deportivos y culturales)
  • Servicio de transporte automotor interurbano regular de pasajeros, excepto transporte internacional (Incluye los llamados servicios de larga distancia)
  • Servicio de transporte automotor interurbano no regular de pasajeros
  • Servicio de transporte automotor internacional de pasajeros
  • Servicio de transporte automotor turístico de pasajeros
  • Servicio de transporte automotor de pasajeros n.c.p
  • Servicios de mudanza (Incluye servicios de guardamuebles)
  • Servicio de transporte automotor de mercaderías a granel n.c.p.
  • Servicio de transporte por camión cisterna
  • Servicio de transporte automotor de mercaderías y sustancias peligrosas
  • Servicio de transporte automotor urbano de carga n.c.p.(Incluye el transporte realizado por fleteros y distribuidores dentro del ejido urbano).
Archivado en