Proyecto de ley

Banco de Tierras: la propuesta de un legislador para evitar usurpaciones

La iniciativa apunta a otorgar terrenos a través de organismos estatales para dar una "solución habitacional legítima". “Este proyecto de ley es una respuesta a la usurpación de tierras que se está viviendo hoy en Argentina", expresó el autor.

MDZ Política
MDZ Política viernes, 30 de octubre de 2020 · 12:01 hs
Banco de Tierras: la propuesta de un legislador para evitar usurpaciones
Foto: Télam

En medio de la tensión que se ha generado en distintos puntos del país por usurpaciones de tierras, el senador Ernesto Mancinelli (Libres del Sur) presentó este viernes un proyecto de ley para la creación de un Banco de Tierras Provincial. Según adelantó, "estará destinado a proveer lotes con servicios para la autoconstrucción a todas aquellas personas que cumplan con ciertos requisitos".

“Este proyecto de ley es una respuesta a la usurpación de tierras que se está viviendo hoy en Argentina, situación que -con menos repercusión-  también se da en Mendoza”, manifestó el legislador.  "El proyecto de ley que estamos presentando pretende generar un instrumento para prevenir futuras tomas y para darle una solución legal a quienes carecen de un terreno para levantar su casa”, agregó y le puso números al déficit habitacional.

“Hoy tenemos un déficit habitacional que oscila entre 70 mil y 80 mil viviendas", manifestó Mancinelli y aclaró que el proyecto ha sido elaborado por Barrios de Pie con su apoyo y conformidad.

“Es claro que desde hace varias gestiones el IPV no puede dar respuesta a la demanda habitacional por diversas razones. El objetivo es crear un Banco de Tierras Provincial para que el IPV pueda entregar estas tierras, mediante el pago de cuotas razonables, para que gente sin vivienda pueda construir en terrenos legítimamente obtenidos”, detalló el senador de Libres del Sur.

En cuanto a los terrenos, dijo que el  "Banco de Tierras" estará conformado por inmuebles pertenecientes al dominio privado de la provincia, aptos para vivienda, que no tengan asignado un destino específico. También inmuebles pertenecientes al dominio privado municipal que sean donados por cada Municipio con destino a la conformación del Banco. En este sentido adhiere que podrán además incorporarse inmuebles provenientes de donaciones, compraventas, compensaciones y cualquier otra forma de adquisición.

"La Autoridad de Aplicación deberá efectuar un relevamiento de los terrenos que formarán parte del Banco de Tierras y determinar el estado de los mismos. Los inmuebles incorporados tendrán como destino la adjudicación a los particulares que cumplan los requisitos establecidos y serán destinados a vivienda única familiar. Para ello se llevará un Registro de Postulantes con intención de adquirir una parcela de terreno", explica el comunicado que compartió el legislador.

Para que se concrete la operación se firmará un contrato con las siguientes pautas: 1)Obligatoriedad de no enajenación del bien por un plazo de quince (15) años, contados a partir de la fecha de escrituración; 2) la escritura traslativa de dominio se realizará una vez cancelado el 50 % del precio del inmueble, y se constituirá garantía hipotecaria por el saldo; 3)el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos dará lugar a la caducidad de la adjudicación.

Por último remarca que la urbanización de los terrenos y la provisión de infraestructura básica será realizada por los Municipios dentro de cuya jurisdicción se encuentren los terrenos y que cada comuna determinará las condiciones mínimas que deben tener las viviendas a construirse por los particulares.

Archivado en