Congreso

El Senado aprobó la nueva Ley de Economía del Conocimiento

El proyecto que promueve por nueve años incentivos fiscales a las empresas y emprendedores para el diseño, adaptación y desarrollo de producción software y servicios afines a las nuevas tecnologías, fue aprobado anoche en el Senado durante una sesión especial, por lo que pasó a Diputados.

Redacción MDZ
Redacción MDZ sábado, 3 de octubre de 2020 · 08:25 hs
El Senado aprobó la nueva Ley de Economía del Conocimiento

El proyecto de ley de Economía del Conocimiento, que promueve por nueve años incentivos fiscales a las empresas y emprendedores para el diseño, adaptación y desarrollo de producción software y servicios afines a las nuevas tecnologías, fue aprobado anoche en el Senado durante una sesión especial, y pasó a Diputados para darle sanción definitiva.

La iniciativa fue aprobada tras más de dos horas de debate, aunque solo contó con los votos afirmativos del Frente de Todos y sus aliados, ya que el interbloque de Juntos por el Cambio decidió ausentarse de la votación, aunque dio el debate, debido a los cambios introducidos en el proyecto y por la intención del oficialismo de avanzar en la discusión sobre las modificaciones en los fondos coparticipables de la Ciudad de Buenos Aires.

La Ley de Economía del Conocimiento había sido originalmente aprobada por el Congreso durante el gobierno de Mauricio Macri, pero la administración de Alberto Fernández suspendió su aplicación hasta mandar una nueva iniciativa al Parlamento que se aprobó en Diputados en junio, recordó la agencia de noticias Télam.

El Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento tendrá vigencia desde el 1° de enero de 2020 para las empresas adherentes y hasta el día 31 de diciembre de 2029. El proyecto promueve la industria del software; la producción audiovisual en formato digital; la biotecnología, bioinformática e ingeniería genética; nanotecnología y nanociencia; industria aeroespacial y satelital; e ingeniería para la industria nuclear; entre otros rubros.

Podrán acogerse a los beneficios las empresas constituidas en la Argentina o habilitadas a trabajar en el país que tengan en regla su documentación y en las que se acredite que el 70 por ciento de su facturación total del último año se genere a partir de las actividades promovidas. En el caso de emprendimientos nuevos se deberá acreditar fehacientemente el desarrollo de las actividades promovidas. Además, deberán acreditar la realización de mejoras continuas en la calidad de sus servicios e invertir en la capacitación de sus empleados: un uno por ciento para las micro empresas, un dos por ciento para las pymes y un cinco por ciento para las grandes.

Quienes inviertan en capacitar a desocupados menores de veinticinco y mayores de 45 años o mujeres que accedan por primera vez a un empleo formal, podrán computar por el doble de su valor. También deberán acreditar la realización de exportaciones de bienes que surjan del desarrollo de alguna de las actividades promovidas en un porcentaje respecto de su facturación total del último año de al menos cuatro por ciento para las Micro Empresas y diez por ciento para las Pequeñas y Medianas Empresas y un trece por ciento para las Grandes Empresas.

Los beneficiarios de la ley podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el 70 por ciento de las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado. Dichos bonos podrán ser utilizados por el término de 24 meses desde su emisión para la cancelación de tributos nacionales, en particular el impuesto al valor agregado. El bono de crédito fiscal no podrá utilizarse para cancelar deudas anteriores a la efectiva incorporación del beneficiario al régimen de la ley.

El beneficio ascenderá al 80 por ciento de las contribuciones patronales cuando se trate de nuevas incorporaciones laborales debidamente registradas, de mujeres; personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no rectificado sus datos registrales; profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería, ciencias exactas o naturales; personas con discapacidad; o personas residentes de "zonas desfavorables".

El presidente de la comisión de Comunicaciones y Medios, el oficialista chubutense Alfredo Luenzo, defendió la iniciativa porque "es necesario potenciar una de las ventajas competitivas que tiene la Argentina, maximizándola con políticas como esta". "Debemos competir con estados que avanzaron a pasos agigantados en esta cuestión, como Uruguay, Chile o Colombia", aseguró.

Por su parte, el senador bonaerense por Juntos por el Cambio, Esteban Bullrich, adelantó que "es bueno que haya una política de Estado" porque la iniciativa "tiene un potencial de 250 mil empleos". "Necesitamos confianza porque esta ley busca atraer inversiones y ampliar un sector. Pero los cambios limitan la Ley. La limitación a las exportaciones no es entendible. Tampoco lo que se hizo con el uso del bono fiscal", remarcó el legislador opositor quien reclamó que la oposición iba a apoyar el proyecto original, tal como llegó de Diputados.

Por último, la oficialista mendocina Anabel Fernández Sagasti defendió los cambios impuestos al proyecto porque "es de sentido común; en este momento de la historia debíamos parar la pelota". "No buscamos hacer del Estado un socio bobo de aquellos que ya no necesitan la ayuda del Estado. Son tan grandes que pueden generar rentabilidad con menor apoyo", aclaró.

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