Usurpaciones en Chubut

La Corte Suprema le puso límites a la toma de tierras de los mapuches de Jones Huala

El máximo tribunal rechazó en forma unánime el hábeas corpus preventivo de la comunidad del Pu Lof de Cushamen de Chubut contra una serie intervenciones de jueces y policías locales y federales que investigan denuncias en esos campos tomados.

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MDZ Política domingo, 11 de octubre de 2020 · 13:34 hs
La Corte Suprema le puso límites a la toma de tierras de los mapuches de Jones Huala
Foto: Archivo MDZ

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó en forma unánime el hábeas corpus preventivo de la comunidad del Pu Lof de Cushamen de Chubut contra una serie intervenciones de jueces y policías locales y federales que investigan denuncias en esos campos tomados por la comunidad mapuche.

El fallo pone límites a la ocupación de esos terrenos de Benetton y otros propietarios y rechaza que exista “un plan persecutorio” contra los mapuches de la región por una serie de causas abiertas desde 2016 por los delitos de abigeato, posesión de armas de fuego y cortes de ruta, entre otros. De esta manera, el máximo tribunal habilitó a que continúen investigando esas causas. Se trata de un caso testigo para la actuación de la Justicia y la Policía en otras usurpaciones de tierras.

En el 2017, el Defensor General Oficial de Chubut, Gerardo Tambussi, había presentado el hábeas corpus preventivo y denunciado que esas intervenciones judiciales y policiales "constituyen una amenaza a la libertad de los miembros de la comunidad". Esa comunidad es la que lidera Facundo Jones Huala, quien está detenido en Chile cumpliendo una condena de 9 años de prisión por incendiar una cabaña y posesión de armas de fuego.

En esas mismas tierras, en agosto de 2017 murió ahogado el artesano Santiago Maldonado luego de que la Gendarmería despejara un corte de la ruta nacional 40.

Según consigna Clarín, el Procurador General interino, Eduardo Casal, sostuvo que en esa zona de Chubut existe "un conflicto persistente que exige a las autoridades competentes realizar el máximo esfuerzo disuasivo de toda forma de expresión violenta y actuar con la cautela y circunspección que surge del mandato de interpretación restrictiva de toda disposición o facultad legal que coarte libertades personales (artículos 44 de la Constitución de la Provincia del Chubut)".

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