Poder Judicial

La Corte anuló cargos millonarios contra Bianchinelli, Domínguez y Bondino

El máximo tribunal determinó que se cumplió el servicio de limpieza y señaló que por las irregularidades administrativas detectadas solo correspondía multar a los responsables y no reclamarles el reembolso del presunto faltante de dinero. El fallo lleva la firma de Pedro Llorente, amigo de uno de los implicados.

lunes, 29 de abril de 2019 · 18:13 hs

El diputado provincial Carlos Bianchinelli recibió una buena noticia este lunes. La Sala 1 de la Suprema Corte de Justicia le dio lugar a su demanda y anuló los cargos millonarios que el Tribunal de Cuentas le había impuesto de forma solidaria con Federico Domínguez, Miguel Bondino y Carina Andreoni, exautoridades del Instituto Provincial de Juegos y Casinos.

A ellos, el órgano de control les reclamaba el reintegro de $2.064.134 por supuestos sobreprecios facturados en el servicio de limpieza prestado por la empresa Masterful SRL. Pero para los jueces Pedro Llorente, Dalmiro Garay y Mario Adaro la sanción no correspondía.

Pedro Llorente, juez de la Suprema Corte

Curiosamente, el fallo es argumentado por el magistrado Llorente, quien en otra causa análoga se había excusado por ser amigo de Bondino, actual legislador del radicalismo, quien zafó gracias a la sentencia.

Sucede que fueron varios los fallos del Tribunal de Cuentas que formularon cargos contra los exdirectores del Casino, pues los sobreprecios se detectaron en los años 2013, 2014 y 2015. Llamativamente, en una de las causas, Llorente dio a conocer que lo une una "amistad íntima" con Bondino por lo que se hallaba comprendido en los causales de recusación. Pero en la causa que se resolvió recientemente no dudó en ponerle la firma aun fallo que anula el cargo millonario en el que Bondino debía responder por hasta $554.893.

La causa en la cual Llorente declara ser amigo de Bondino, quien resultó beneficado por una sentencia del propio llorente. 

Más allá de ello, el argumento vertido por Llorente para determinar que el cargo impuesto por el Tribunal de Cuentas no correspondía es que "no se encuentra acreditada la existencia de daño para la hacienda pública" en razón de los pagos efectuados a la empresa prestadora del servicio de limpieza para el año 2014. 

Específicamente, Llorente, Garay y Adaro reconocen que existieron irregularidades administrativas en la contratación de la empresa Masterful ya que no se llamó a licitación pública, pero aclaran que en lugar de formular cargos el Tribunal de Cuentas debería haber multado a los responsables.

En concreto, en base al testimonio de un perito de Higiene y Seguridad (Mario Seguí), y dos empleados del Casino (Miguel Alonso y José Sgroy), la Corte determinó que el servicio de limpieza sí se prestó. En otras palabras, no evaluó lo que se pagó por el servicio, sino que efectivamente se haya prestado.

"Lo que nosotros cuestionamos fue el sobreprecio que se pagó", destacaron a MDZ desde el Tribunal de Cuentas ante el fallo adverso de la Corte. Incluso, destacan que la misma empresa trabajó un año para la misma gestión y en 2016 prestó el mismo servicio de limpieza pero por menos de lo que les pagó la gestión de Bianchinelli en 2015. Incluso a pesar de la inflación.

Para Llorente, Garay y Adaro solo se puede acreditar que en el años 2014 hubo irregularidades administrativas en la contratación de Masterful por contratación directa o legítimo abono, demorando la licitación pública. En cuanto a las inconsistencias en la planilla horaria y el pago de "horas máquina" que no eran parte del contrato, los magistrados escucharon el descargo de los involucrados y eligieron quedarse con esa opinión.

En ese sentido, desde la parte actora destacan "en relación a lo anterior, que frente a tal reparo dieron las explicaciones correspondientes, que consisten en que lo efectivamente abonado a la empresa de limpieza corresponde por legítimo abono, en función de los objetivos cumplidos -limpieza-, con respaldo en el control efectuado por el área encargada de ello, que se ocupa de realizar un informe de calidad del servicio, en función del detalle cuantitativo que la prestataria formula en cada factura. Agregan que también explicaron que al momento del pago no se discriminaba entre horas máquina y horas hombre respecto del total facturado, ya que existe un cupo de 15.000 horas aproximado fijado desde el año 2013; la prestadora del servicio, por ejemplo, ha utilizado en concreto 15.032 horas en el mes de abril de 2014, y se le abonó sólo por el máximo de 15.000, abarcativo de todos los modos mencionados de prestar el servicio". Ese concepto de "horas máquina" no estaba contemplado y fue uno de los motivos por los que el Tribunal de Cargos entendió que existía un perjuicio contra el Estado. Se pagaban más horas de limpieza de las que el personal contratado por la empresa podía llegar a cumplir y la diferencia se adjudicaba a "horas máquina".

El Tribunal de Cuentas impuso el cargo a los actores "por el hecho de haber abonado por horas máquina no contempladas en el objeto de la contratación, de modo tal que se facturaron 40.580 horas máquina por un valor total de $2.523.100,32.-, que no estaban previstas en los pliegos de Condiciones Particulares bajo las cuales se realizaron las contrataciones directas en cuestión".

Ese criterio fue compartido por el Ministerio Público que en relación a ello dictaminó que "el servicio de limpieza se contrataba en el IPJC por un precio por hora hombre que incluía todos los gastos que conforman la prestación del servicio, incluidos insumos, máquinas y herramientas y no se podía facturar las horas no trabajadas, dado que se contrataba una cantidad estimada de horas". 

Sin embargo, la Suprema Corte determinó que la sanción que correspondía a esas irregularidades era una multa del tribunal de cuentas y anuló la formulación de cargos porque "no se encuentra acreditada la existencia de daño para la hacienda pública".

Esta decisión puede repercutir directamente en el resultado del resto de las acciones iniciadas contra el Tribunal de Cuentas. Por ejemplo, los fallos formulando cargos por millonarios por sobreprecios en el año 2013 y en el año 2015. Incluso en la investigación penal que se está llevando adelante contra las exautoridades del Casino y el titular de la empresa Masterful.

Cómo se originó el conflicto

Para entender el origen del litigio hay que remontarse a inicios del 2014. Por aquel entonces el contador del casino era Gonzalo Jerez, quien encontró inconsistencias en el pago a la empresa de limpieza Masterful SRL. En concreto, descubrió que se estaban pagando más horas de las que físicamente podían cumplir los empleados de la empresa. Esto desató la furia de Bianchinelli, quien acusó a Jerez de las irregularidades y lo removió de su cargo. Paralelamente, el Tribunal de Cuentas fue puesto en autos y comenzó a revisar la facturación, determinando que existieron sobreprecios millonarios.

Bianchinelli

Existen audios de Bianchinelli afirmando tener diálogo directo con el por entonces relator del Tribunal de Cuentas: Julio Gómez. Hoy Gómez es juez de la Corte. Además, hay fotografías de Bianchinelli de vacaciones junto a Alejandro Balegno, titular de Masterful SRL.

Pese a la denuncia de Jerez y los cargos formulados por el Tribunal de Cuentas, en el 2014 volvieron a registrarse sobreprecios y nuevos cargos contra los funcionarios. Por si eso fuera poco, volvió a ocurrir lo mismo en 2015. Recién en 2016, cuando cambiaron las autoridades del Casino, Masterful bajó sus costos y dejó de facturar horas máquina.

bondino, domínguez y bianchinelli.

Si bien la situación judicial de Bianchinelli, Bondino y Domínguez aún es complicada, no hay dudas de que este fallo de la Corte les permite ilusionarse conque quedarán libres de culpa.

La sentencia