La Corte falló a favor del reclamo del gremio de Prensa
El artículo 58 del Convenio Colectivo de Trabajo de Prensa establece para el aspirante el equivalente a dos sueldos mínimo, vital y móvil.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza le dio la razón a un planteo gremial, por lo que implica que las empresas deberán aplicar el escalafón salarial según lo fija el artículo 58 del convenio de Prensa.
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Fue un fallo plenario y de acuerdo a lo trascendido desde Tribunales el resultado fue 4 a 2 en plenario a favor de la postura de la una ex empleada demandante del diario Los Andes. El artículo 58 del Convenio Colectivo de Trabajo de Prensa establece para el aspirante (el inicial de la escala) el equivalente a dos sueldos mínimo, vital y móvil.