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La pelea por $700 millones: es inconstitucional la prórroga de contratos petroleros

La Suprema Corte determinó que es ilegal el pago inicial de las petroleras, porque se hizo por Decreto y no lo coparticiparon a los municipios. Se trata de más de 700 millones de pesos.
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Llega fin de año y todo parecía tranquilo para el Gobierno. Pero apareció un nuevo dolor de cabeza, con efectos retroactivos. La Suprema Corte de Justicia cuestionó la renegociación de contratos con las empresas petroleras y declaró inconstitucional un artículo del decreto que habilitó ese proceso. No se trata de un artículo cualquiera, sino el que determinó el pago de "valor de llave" de la extensión de los contratos y que ahora está anulado. En el medio está la pelea por más de 700 millones de pesos que no fueron coparticipados a los municipios y que ahora pueden ser reclamados.

La base del problema es que el Gobierno obvió coparticipar a los municipios esos pagos, cuestión que para la Corte es ilegal, pues para ello hacía falta una ley. No se trata de un monto menor, pues sólo de parte de YPF la provincia recibió 135 millones de dólares que a entender de la justicia deberían haber sido coparticipados.

La Suprema Corte afirmó que la provincia no podía disponer de ese dinero por Decreto y que debía coparticipar los recursos.

El reclamo inicial lo hizo la Municipalidad de Capital, que demandó a la Provincia en 2010, luego de que se produjera la extensión de concesiones. Esa comuna pidió que se declarara inconstitucional el artículo 2 del decreto 3089 del 2010, que impone a las petroleras un pago inicial para habilitar la extensión de las concesiones. El Alto Tribunal le dio la razón y ahora todo es duda: la provincia ya recibió los pagos de parte de las petroleras, pero la norma que lo habilitó quedó anulada. Por eso, el Gobierno necesita cubrir ese vacío legal. Y lo tiene que hacer por ley. En el medio hay otro reclamo latente: los municipios ahora tienen una herramienta legal para que les coparticipen esos pagos que fueron obviados por Jaque.

Una negociación secreta

En el año 2010 el gobernador Celso Jaque abrió la convocatoria para extender las concesiones a las empresas petroleras interesadas, aún antes de que caduquen las concesiones. Todo el proceso se hizo prácticamente en secreto y por decreto, sin abrir el debate en otros ámbitos. La principal beneficiaria fue la entonces empresa privada YPF, que extendió 16 concesiones por 10 años más allá del plazo original de vencimiento. Además de Jaque, los otros protagonistas del proceso fueron el entonces ministro de Obras, Francisco Pérez, y el ex subsecretario de Hidrocarburos Walter Vázquez. El destino hizo que Pérez ahora sea gobernador y Vázquez director de YPF en representanción de Mendoza.

Entre las condiciones firmadas, se acordó el pago de un canon extraordinario, también algunas modificaciones en las regalías (un 3% extra) y garantías de inversión. Pero hubo un artículo clave que tenía como objetivo garantizar el ingreso de dinero fresco a las arcas públicas. Ese artículo cuestionado es el número 2 del Decreto 3089, que estableció un pago inicial a favor de la provincia. Ese pago fue destinado exclusivamente a la Provincia y es el que ahora fue anulado por la Suprema Corte, pues explican que la ley de coparticipación es la que determina la forma en la que se reparten los fondos y que no se puede modificar ese régimen por Decreto.

"El Gobierno al procurar la negociación de los términos y condiciones de los contratos de concesión de explotaciones hidrocarburíferas y excluir expresamente de la coparticipación al pago inicial que se pacte se ha excedido en sus facultades, pues carece de atribuciones para modificar o limitar el diseño que respecto de la coparticipación municipal realizó la Legislatura y que al hacerlo avanzó sobre los fondos que el municipio tiene derechos acordados", asegura la sentencia de la sala 2 de la Corte.

Millones en juego

Los montos son enormes, pues son 150 millones de dólares, unos 718 millones de pesos. En el caso de YPF el pago inicial fue de 135 millones de dólares, que se pagaron en 18 cuotas, con un interés extra del 7,5%. La petrolera Sinopec pagó 5,3 millones de dólares y Petroquímica Comodoro Rivadavia 1,4 millones de dólares. Chañares Herrados acordó un pago de 3,7 millones de dólares y la empresa El Trebol otros 4,2 millones de dólares.

En total hay 150 millones de dólares en juego que la provincia recibió en 18 cuotas.

La forma de compensar y conformar a los municipios fue la creación de un fondo llamado "de responsabilidad social empresaria", por el cual las petroleras le pagaron a las comunas el equivalente al 12% del pago inicial. Sin embargo "una cosa no quita la otra" e igualmente la Corte interpretó que el pago inicial debía ser coparticipado o en su defecto haber sido establecido por ley.

"Las competencias y funciones de cada uno de los Poderes del Estado son atribuidas por la Constitución y por la ley. El Poder Ejecutivo carece de facultades legales o constitucionales para excluir a los municipios de la coparticipación en algún recurso percibido por ella…Todos los recursos sean provinciales o municipales deben ser determinados por ley", ratificó el máximo tribunal en sus argumentos. Por eso, determinó que "el decreto 3089/10 por la abstención que plasma en su art. 2° al no coparticipar el 'pago inicial' al municipio accionante, limita y modifica el régimen que determina la ley que rige la coparticipación en la Provincia de Mendoza. De tal manera la norma tildada de inconstitucionalidad avanza sobre fondos sobre los cuales el Municipio tiene derechos acordados".

Este año la Provincia recibió el grueso de los pagos y esa fue una de las fuentes de financiamiento que salvaron las finanzas. Ahora se viene el debate para ver cómo se resarce a los municipios y cómo se enmienda el error legal y administrativo, pues ahora los pagos percibidos por el Estado quedaron sin argumento que los sustente.