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Los motivos de Parisi para pedir la nulidad de la elección adelantada

El intendente mandó las instrucciones por correo electrónico. Y su apoderado legal reclamó ante la Junta Electoral. El martes se conocerá la decisión, pero aseguran que le quedan pocas alternativas a Parisi para revertir la medida.
Parisi, el perjudicado. Sconfienza el ejecutor y De Marchi el estratega.
Parisi, el perjudicado. Sconfienza el ejecutor y De Marchi el estratega.

Parisi sigue de luna de miel en Europa, mientras en su departamento hay una revolución política. Pero aprovechando las nuevas tecnologías, el intendente de Luján intenta frenar la convocatoria anticipada a elecciones que decretó el "suplente", Andrés Sconfienza. Vía correo electrónico, Parisi autorizó al apoderado legal de la Municipalidad a que presente un escrito ante la Junta Electoral para que declaren la nulidad del llamado a las elecciones.

Parisi intenta frenar las elecciones, convocadas ahora para el 14 de agosto, cuestionando la legitimidad de Sconfienza para hacer la convocatoria. Pero además asegura que el llamado a las elecciones se hizo fuera de tiempo. Ahora quien debe decidir es la Junta Electoral, que está integrada por los siete ministros de la Suprema Corte más el vicegobernador Cristian Racconto y el presidente de la Cámara de Diputados, Jorge Tanús.

La decisión la tomarán el martes que viene, día en que se reunirán para analizar el tema.

Técnicamente hay quienes le ven poco futuro al reclamo de Parisi. Incluso dudan de la posibilidad de anular las elecciones a su regreso, pues si la elección del 14 de agosto queda firme, no se podría revertir con un nuevo decreto.

Claro que hay otro dato menos tangible: los críticos de la decisión argumentan que el tema de fondo es cuál es la voluntad política de quien ejerce el Poder Ejecutivo municipal. En ese sentido es claro que Parisi no quiere las elecciones el 14 de agosto.

Pero además de recurrir a la Junta, los apoderados de la Municipalidad presentaron una denuncia penal en la Fiscalía de Delitos Complejos.

Los argumentos de Parisi

Andrés Sconfienza se hizo cargo de la intendencia el viernes 13. Y firmó el decreto de convocatoria a elecciones el lunes 16, último día del plazo legal, aprovechando la ausencia de Parisi y con el acuerdo de Omar De Marchi, pre candidato y rival del intendente. Ese decreto fue publicado en el boletín oficial el jueves.

Pero el abogado de la Municipalidad, Sergio Rocamora, interpreta que la comunicación a la Junta electoral se realizó de manera extemporánea. Y por eso reclama que la Junta declare nulo el procedimiento.  "La comunicación del Decreto 690/11 de llamado a elecciones se hizo a las 13:30hs. Fuera del horario no solo de la Secretaría Nocturna, sino del horario de atención judicial. Lo cual nota su amplia extemporaneidad y llama la atención la recepción fuera del horario de atención al público", dice la presentación judicial.

Además, asegura que Sconfienza no tenía la potestad de convocar a elecciones “Solo se encuentra habilitado a la firma del Despacho de la Intendencia municipal, esto es a las resoluciones y decretos de mero trámite y necesarios para el funcionamiento del Departamento Ejecutivo”, asegura el escrito.

Para el secretario de la Junta Electoral, Alfredo Puebla, la ley no establece plazos específicos para informar a la junta sobre el llamado a elecciones. "La ley no menciona ningún plazo, sólo lo tiene que hacer en un plazo razonable", dijo Puebla.

Los autores de la "operación ganzo veloz" defienden su decisión y aseguran que quedará firme. "Yo apoyo lo que hizo Sconfienza porque se corresponde con lo que piensa el PD. El decreto es tan legítimo como el que hizo Parisi en el 2007, cuando era presidente del Concejo y llamó a elecciones", dijo Hugo Babolene.

 

Las alternativas para “revocar” el decreto

El intendente de Luján ya tiene encaminada la vía judicial para frenar las elecciones convocadas para agosto. Por un lado lo hizo a través de la Junta Electoral y también el la fiscalía de Delitos Complejos, aunque esa causa podría recaer en la Corte.
La otra alternativa que evaluaban en el oficialismo es redactar otro decreto anulando el anterior. Pero dudan de esa posibilidad porque no está contemplado en la ley. “Una vez realizado el llamado a elecciones se pueden anular en casos muy excepcionales. No es tan sencillo”, aseguró Puebla.

La ley establece que "el Poder Ejecutivo sólo podrá suspender la convocatoria para Elecciones en caso de conmoción, insurrección, invasión, movilización de milicias o cualquier otro accidente o calamidad pública que las haga imposibles". El detalle es que esa norma habla de las elecciones generales y no municipales.