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Abusos sexuales en la ORT: confirman la validez de juicio por la verdad contra el pediatra

Cámara de Casación ratificó la sentencia contra el pediatra Alberto Cirulnik por abuso sexual en la ORT.

Alberto Cirulnik, acusado de abuso sexual, trabajó en disitintas sedes de la ORT, el Club Kadima y consultorios particulares.

Alberto Cirulnik, acusado de abuso sexual, trabajó en disitintas sedes de la ORT, el Club Kadima y consultorios particulares.

La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó el fallo que declaró probados siete hechos de abuso sexual cometidos por el pediatra Alberto Cirulnik contra varios menores de edad entre 1975 y 2004, en colegios de la comunidad judía y consultorios privados.

La resolución a la que tuvo acceso MDZ ratifica el “juicio por la verdad”, un procedimiento excepcional que no implica condena penal efectiva porque la acción judicial ya estaba extinguida por prescripción, pero que buscó establecer judicialmente si los hechos ocurrieron.

Confirman juicio por abuso sexual contra el pediatra

El caso se originó a partir de denuncias presentadas en 2018 por exalumnos y pacientes que señalaron haber sufrido abusos cuando eran niños y adolescentes. Según el expediente, Cirulnik trabajó en sedes del colegio ORT, en el club Kadima y en consultorios particulares. Entre las víctimas figuran hombres y mujeres que relataron episodios ocurridos en revisaciones médicas, consultas privadas y actividades vinculadas al ámbito escolar.

Escuela ORT
Escuela ORT
Escuela ORT

En primera instancia, el juez Edmundo Rabbione había considerado acreditados siete hechos constitutivos de delitos contra la integridad sexual, entre ellos abuso deshonesto reiterado, corrupción de menores y violación agravada por la posición de autoridad del acusado. El magistrado también dispuso medidas de reparación simbólica y una exhortación a la escuela ORT para reforzar mecanismos preventivos.

La defensa oficial de Cirulnik apeló la resolución y cuestionó la legalidad misma del “juicio por la verdad”. Argumentó que no existe regulación específica para ese tipo de proceso y sostuvo que se vulneraron garantías constitucionales como el principio de legalidad, la cosa juzgada y el “ne bis in idem”, ya que el médico había sido sobreseído por prescripción. También objetó la utilización de declaraciones previas del imputado y calificó las medidas de reparación como una “pena encubierta”.

La respuesta de la Justicia

Sin embargo, la mayoría integrada por los jueces Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite rechazó esos planteos y confirmó íntegramente el fallo. En su voto, Jantus sostuvo que el Estado mantiene la obligación de investigar y determinar la verdad de hechos de abuso sexual infantil aun cuando la persecución penal ya no sea posible. “La prescripción cancela la punibilidad, pero no elimina la obligación estatal de esclarecer los hechos”.

El tribunal respaldó esa postura en tratados internacionales con jerarquía constitucional, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño. Para la mayoría, el proceso tuvo como finalidad brindar una forma de reparación moral y reconocimiento institucional a las víctimas, sin imponer sanciones penales al acusado.

En tanto, en su disidencia parcial, el juez Gustavo Bruzzone, si bien coincidió en rechazar el planteo vinculado al “ne bis in idem”, consideró que el ordenamiento jurídico argentino no contempla un “juicio por la verdad” de estas características fuera de los casos expresamente regulados. Según expresó, “la ausencia de regulación legal no puede ser suplida por los jueces”, aun frente a hechos de extrema gravedad.

Finalmente, el fallo remarca que muchas personas afectadas por abusos durante la infancia tardan años en poder relatar lo sucedido. La situación suele colisionar con los plazos tradicionales de prescripción penal. Lo anterior reabre un debate social sobre los abusos sexuales en ámbitos educativos y médicos, especialmente en casos donde las víctimas logran denunciar décadas después de ocurridos los hechos.