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Un pastor evangélico fue condenado por abuso sexual agravado contra una menor

El implicado fue sentenciado a siete años de prisión por aprovechar su rol religioso y manipular al adolescente.
El juez Pardo alegó sobre los traumas psicológicos del menor a causa de los abusos. En este sentido, declaró que el adolescente intentó quitarse la vida. Foto: Imagen Ilustrativa
El juez Pardo alegó sobre los traumas psicológicos del menor a causa de los abusos. En este sentido, declaró que el adolescente intentó quitarse la vida. Foto: Imagen Ilustrativa

El aberrante hecho se dio a conocer en 2020 en la provincia de Corrientes. Ante el mismo, se dio a conocer en las últimas horas la sentencia firme a siete años de prisión por abusar de la menor de edad utilizando su rol religioso. 

Sobre la condena, el Tribunal Oral Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial de Paso de los Libres ordenó la misma. Según dictaminaron los jueces, el pastor evangélico está incriminado como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por su calidad de ministro de culto.

Sobre el hecho que ocurrió en 2020 en la provincia de Corrientes, se conoció que el pastor evangélico aprovechaba de su rol de líder religioso y la confianza de la víctima y su familia. Es en este contexto que el corriente año citó a la joven, de 16 años, al templo con el pretexto de orar para liberarla de un supuesto mal. Sin embargo, durante la falsa ceremonia, cometió los abusos al menor.

Ante estos datos, para los jueces Marcelo Manuel Pardo, Marcelo Ramón Fleitas y Agustín Martín Gatti el consentimiento de la víctima no podía considerarse válido, ya que fue obtenido mediante manipulación y engaño.

Tras los hechos, el juez Pardo alegó sobre los traumas psicológicos del menor a causa de los abusos. En este sentido, declaró que el adolescente intentó quitarse la vida.

En congruencia el Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres señaló: "La conducta solo pudo concretarse por la relación desigual entre el imputado y la víctima, lo que impidió que ella pudiera consentir libremente la acción, conforme al tipo penal aplicado".

Por su parte el juez Pardo: sentenció: “La víctima, por el engaño y en la creencia inocente, por su edad adolescente, que provenía de la autoridad de la iglesia a la que concurre, y quien ejerce potestad religiosa intimidante al ser el máximo exponente, no pudo consentir libremente que se trataba de abusos sexuales sobre su cuerpo”.