Caso Raskovsky: un abogado estuvo casi dos años preso acusado de femicidio, pero ahora fue absuelto
La Justicia absolvió al abogado Guido Pascuccio, quien estaba acusado de femicidio en el caso por la muerte de Micaela Raskovsky ocurrida en el barrio de Villa Urquiza, en la Ciudad de Buenos Aires. El hombre estuvo preso durante un año y nueve meses.
Fuentes judiciales informaron que el Tribunal Oral en lo Criminal N°10 declaró la inocencia del abogado Guido Pascuccio en el caso por la muerte de Micaela Raskovsky, ocurrida en la madrugada del 13 de abril de 2021, luego de la ingesta de gran cantidad de estupefacientes.
El abogado había sido acusado de femicidio y luego por abandono de persona. Sin embargo, ante el caso se recabaron varias pruebas y peritajes técnicos que determinaron que la joven incurrió en un comportamiento que la puso en riesgo de vida por el abuso de drogas y alcohol.
El tribunal también valoró el hallazgo de una nota en la que Micaela se despedía de sus familiares y de su pareja, en la que afirmaba que había tomado la decisión de terminar con su vida. Al respecto, tras ser sometida a un peritaje caligráfico, se estableció que había sido escrita de puño y letra de la joven.
Ante esa situación, Pascuccio pasó un año y nueve meses detenido, pero ahora se confirma que no tuvo participación alguna. Así, el Tribunal integrado por los jueces Alejandro Noceti Achával, Jorge Romeo e Inés Cantisani dará a conocer los fundamentos de su veredicto absolutorio el 18 de marzo a las 18 horas.
Además, la decisión se adoptó en base a los elementos técnicos recopilados donde no hubo ningún indicio que permitiera establecer la participación de Pascuccio en la secuencia que derivó en la muerte de la joven. Asimismo, no existieron tampoco elementos de prueba que permitieran inferir la alteración de la escena del hecho por parte del imputado para simular un acto de suicidio, ni la presencia de otras personas.
Para la justicia, las pruebas de ADN no avalaron la hipótesis de actos defensivos por parte de Micaela al momento de su fallecimiento. Por otro lado, tanto la computadora personal de Micaela como su teléfono celular no fueron alterados conforme al análisis detallado por la DATIP (Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal), que depende del Ministerio Público Fiscal.
Finalmente, tras los diversos elementos recabados, la Justicia estableció que la ventana temporal de 18 minutos que se buscó construir entre lo que declara el imputado respecto a las convulsiones con las que encontró a la víctima y su llamado a emergencias terminó descartando la hipótesis de abandono de persona, al tiempo que se confirmó la ausencia de signos de violencia en el lugar y en el cuerpo de Micaela.