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Fue el responsable de la muerte de su hijo y recibió la "pena natural": de qué se trata esta figura

Se trata del caso del hombre que olvidó a su hijo encerrado en el auto varias horas en Neuquén. La negligencia derivó en la muerte del niño. Al acusado le aplicaron la "pena natural" y no tendrá cárcel.
La Justicia cerró la causa penal por la muerte de la víctima (imagen ilustrativa). Foto: Shutterstock
La Justicia cerró la causa penal por la muerte de la víctima (imagen ilustrativa). Foto: Shutterstock

Al padre que olvidó a su hijo encerrado en el auto durante horas, hecho que derivó días después en la muerte del niño en el hospital en marzo de este año en Neuquén, se le aplicó la  pena natural, motivo por el cual no va a ir a la cárcel.

El hecho ocurrió cuando el hombre debía llevar al menor de 3 años al jardín, pero se dirigió hasta su trabajo, se bajó y olvidó al pequeño dentro del vehículo varias horas. 

La víctima -de nombre Genaro- falleció nueve días después de haber ingresado a la clínica San Lucas con daño neurológico grave, producto del sofocamiento que le produjo el encierro.

De la pesquisa se comprobó que el chico permaneció dentro del oche durante seis horas, estacionado en la calle Chrestia al 500 de la capital neuquina, hasta que su madre lo encontró allí, desvanecido y con marcas en el cuerpo producidas por el propio nene con la idea de soltarse del asiento.

Frente a esta situación, se inició una investigación en la que se concluyó que "no hubo intencionalidad" de parte de los progenitores; y que se trató solo de "negligencia".

De este modo, en las últimas horas el Ministerio Público Fiscal (MPF) de la provincia confirmó que al responsable se le aplicó la "pena natural", algo que se preveía. 

“La base legal para esta resolución fue el artículo 106 inciso 3 del Código Procesal Penal de Neuquén, que prevé que un criterio de oportunidad - como lo es la pena natural - puede aplicarse cuando el imputado haya sufrido a consecuencia del hecho un daño físico o moral grave que torne innecesaria y desproporcionada la aplicación de una pena”, destaca el escrito del MPF.

El fiscal del caso, Andrés Azar, sostuvo en la resolución firmada que “no podemos dejar de reparar en que nos encontramos aquí ante un suceso en el cual el acusado es el responsable de la muerte de su hijo aunque, claro está, no es un dato menor que dicha muerte no fue querida ni buscada por el imputado, sino consecuencia de su negligente conducta”.

En el argumento se planteó que el testimonio de testigos y de personas del entorno familiar del padre y del niño, surgió “que nos hallamos ante una actitud negligente”.

La autopsia reveló que “la causa del deceso fue asfixia por confinamiento” y se destacó que “no se observaron lesiones de reciente o antigua data compatibles con maltrato físico”.