El contundente pedido que complica a la jueza acusada en el caso Lucio Dupuy
En el marco del jury de enjuiciamiento, pidieron destituir a la jueza y a la asesora acusadas por los "incumplimientos" que "causaron la muerte" de Lucio Dupuy en La Pampa.
La Procuración pampeana pidió este martes la destitución de la jueza y de la asesora de menores que intervinieron en los expedientes por la tutela y el cuidado personal de Lucio Dupuy, el nene de 5 años que en noviembre de 2021 fue asesinado por su madre y la pareja de ésta en un domicilio de la ciudad de Santa Rosa, en el inicio del jury de enjuiciamiento al que ambas son sometidas por presunto "mal desempeño en sus funciones".
El pedido fue realizado por el fiscal general en ejercicio de la Procuración General, Guillermo Sancho, y alcanzó a la titular del juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 1 de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, y a la asesora de Niñas , Niños y Adolescentes N° 2 de la misma ciudad, Elisa Alejandra Catán.
Para Sancho, las acusadas -que permanecen suspendidas mientras se hace el juicio y cobran sólo el del 50% de sus salarios- son responsables de "omisiones e incumplimientos reiterados" que "causaron la muerte del niño", quien falleció el 26 de noviembre, hecho por el que fueron condenadas a prisión perpetua su mamá, Magdalena Espósito Valenti, y la novia de ella, Abigail Páez.
Esta mañana, en el inicio del proceso, el fiscal general expuso en sus alegatos de apertura los motivos por los cuales tanto la jueza como la sospechosa deben ser apartadas de sus funciones: no escuchar la opinión de Lucio, pese a estar expresamente ordenado en todas las normas que rigen la materia (familia), al presumir "que no estaba condiciones de declarar"; no citar ni recabar la opinión del padre y de la madre; no darle intervención a la autoridad de aplicación administrativa -Dirección General de Niñez- ante "la posible vulneración de derechos" y que la asesora consintiera el archivo de la causa.
Puntualmente, el acusador se refirió a dos momentos en la vida de la víctima, el primero cuando el 2 de julio de 2019 su madre acordó dejarlo bajo la tutela de su tía política, Leticia Noemí Hidalgo, debido a que no estaba en condiciones económicas de mantenerlo; y el segundo, cuando el 4 de noviembre de 2020, Pérez Ballester homologó un nuevo acuerdo entre la tía y Espósito Valenti para dejar sin efecto la tutela y que el cuidado personal del menor de edad pasara otra vez a manos de la madre.
"No se escuchó al niño pese a que (en ese momento) era aún más importante, ya que Lucio tenía cuatro años, y se avizoraba una conflictividad familiar, aunque no hubiera indicadores de violencia", volvió a cuestionar Sancho.
Sobre ese último expediente, el procurador subrogante señaló además a las funcionarias de no darle intervención al Equipo Técnico Interdisciplinario del Poder Judicial (psicólogo, médico, asistente social), lo cual, consideró, "debió hacerse porque ya había cinco presentaciones entre actas, denuncias y exposiciones, lo que era indicativo del conflicto entre ambas familias".
"Sin embargo, con un dictamen positivo de la asesora, se homologó el acuerdo para que vuelva a vivir con la madre y se dejó sin efecto la tutela. Se actuó como si fuera una planilla automática", sentenció.
La respuesta
Tras este alegato ante el tribunal de enjuiciamiento, compuesto por su presidente, Fabricio Luis Losi; las diputadas María Silvia Larreta y María Andrea Valderrama Calvo; y las abogadas por la matrícula, Silvina María Garro y María Natalia Gaccio, las defensas tomaron la palabra.
Pablo Rodríguez Salto, abogado de la magistrada, afirmó que "en este juicio no se tratan los hechos que llevaron a la muerte de Lucio, sino que en este proceso se debaten conductas anteriores" al homicidio.
"La homologación del convenio de cuidado personal (por parte de Pérez Ballester) se produjo un año antes de su muerte y en ese momento no había indicadores de violencia", expresó.
Además, dijo que "la jueza no entregó al niño a la madre, sino que eso ocurrió por fuera de la intervención del juzgado", ya que el traspaso se produjo el 31 de julio de 2020 y la acusada recibió el expediente de cuidado personal el 3 de septiembre, por lo cual consideró "falso" que si no hubiera avalado el convenio hubiese vuelto automáticamente con su padre o con la familia paterna.
Incluso destacó que ese acuerdo contó con "la autorización tácita y expresa del padre", quien en marzo de 2021 le pidió a la madre un régimen comunicacional, "o sea que aceptó expresamente" que su hijo continuara viviendo con ella.
Por su parte, Ana Díaz, defensora oficial de Catán, planteó la inconstitucionalidad del propio jurado por entender que, por su conformación, se afectan las garantías del debido proceso ya que los mismos magistrados "intervienen en la etapa de investigación y luego en el juzgamiento" de las imputadas.
Con relación a la acusación de no haber escuchado al pequeño, dijo que "no estuvo fundada" porque la Procuración citó una ley equivocada y otra que fue derogada.
Díaz aseveró que no fue necesario darle intervención a un equipo técnico porque "no había indicadores de violencia" y que "tampoco hubo vulneración de derechos porque hubo una tía que se había encargado de él, una mama que pedía a su hijo y un papá que daba su conformidad. O sea, no existió un conflicto de intereses a pesar que la Procuración buscó generarlo".
Horror
Lucio Dupuy fue asesinado en la casa de la calle Allan Kardec al 2300 de Santa Rosa, donde vivía con las condenadas a prisión perpetua. .
La víctima fue vista viva por última vez a las 17.32 y entre esa hora y las 19.40 fue golpeada brutalmente, por lo que a las 21.30 fue llevada primero a un centro asistencial del barrio y luego al Hospital Evita, donde a las 21.45 se constató que ya estaba muerta.
Según determinó el tribunal de juicio al que fueron sometidas las sospechosas, ambas participaron del ataque a la criatura, quien recibió puñetazos, patadas y palazos, además de un pisotón en la espalda por parte de Páez, el cual le provocó lesiones internas y un edema cerebral.
El pasado 26 de septiembre, el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó las penas y le agregó a Espósito Valenti el delito de abuso sexual.
El juicio a las funcionarias es el segundo proceso que deriva de ese caso y que está relacionado con las responsabilidades judiciales en el hecho.
La organización Change.org ya reunió más de 111.000 firmas que avalan el pedido de destitución de la jueza.
"Tras el fallo dividido del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de La Pampa, el cual no encuentra responsabilidad en la Ana Clara Pérez Ballester, responsable de dar la tenencia nuevamente a una asesina que ya había manifestado no querer tener a su hijo con ella, en el caso Lucio Abel Dupuy, pedimos tu firma para su destitución y que sea llevada a juicio", indica el texto de la petición.