Fallo

Beara: condenaron a los socios que explotaban el boliche y al maestro mayor de obra

Así lo determinó el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº7. Juan Carlos María Yun, Agustin Dobrila e Iván Andrés Fliess además fueron inhabilitados por 5 años para ejercer el comercio. El resto de los imputados entre funcionarios y policías fueron absueltos.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese miércoles, 22 de junio de 2022 · 14:45 hs
Beara: condenaron a los socios que explotaban el boliche y al maestro mayor de obra
Foto: Telam

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº7 integrado por los jueces Alejandro Noceti Achaval, Gabriel Vega y Gustavo Alterini dio a conocer el veredicto en el juicio por las distintas responsabilidades de 17 imputados en el derrumbe dentro del boliche Beara ocurrido en septiembre de 2010. Producto del hecho perdieron la vida Ariana Beatriz Lizarriaga (21) y Paula Leticia Provedo (20) y hubo más de 50 personas heridas.

Los magistrados condenaron a la pena de 3 años de prisión en suspenso a Juan Carlos María Yun, Agustin Dobrila e Iván Andrés Fliess, socios en la empresa “El Viejo Sabio S.A.”, que se encargaba de explotar comercialmente el boliche Beara y también el local “Caramel”, ubicado al lado, por los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas en concurso ideal con lesiones culposas y leves. Por otra parte fueron absueltos del delito de cohecho. En tanto el maestro mayor de obras Gustavo Amaru también recibió 3 años e inhabilitación de 5 para ejercer la profesión. Asimismo les impuso que por tres años deben fijar residencia y someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución de la Pena.
Los fundamentos se darán a conocer el próximo 3 de agosto a las 20 horas.

En tanto los funcionarios del gobierno de la Ciudad y los policías fueron absueltos por el Tribunal. 

Por otra parte, ordenaron -en línea con lo que había planteado el fiscal Oscar Ciruzzi en su alegato- la extracción de testimonios para que se investigue la posible responsabilidad tanto de la arquitecta que supervisó la construcción del entrepiso como del maestro mayor de obras interviniente, los empleados y los gestores que llevaron adelante el trámite donde se aprobó la obra. Además exhortaron al Gobierno de la Ciudad para que reglamente ley 253 del registro de  habilitaciones. 

Recordemos que en su alegato, el fiscal Oscar Ciruzzi, solicitó entre tres y cuatro años y seis meses de prisión -y, en algunos casos, de inhabilitación- para doce de los involucrados, mientras que requirió la absolución de otras cinco personas. 

De acuerdo a lo expuesto, durante la madrugada del 10 de septiembre de 2010 dentro del local bailable -ubicado en la avenida Scalabrini Ortiz 1638- se llevó adelante un recital de los ex integrantes del grupo “Ráfaga”. Cerca de las 3.50, parte del entrepiso del local colapsó y se derrumbó sobre la planta baja, lo que ocasionó las muertes de las chicas y las lesiones de más de 50 jóvenes.

En ese contexto el representante del ministerio público fiscal había pedido cuatro años y seis meses de prisión para Juan Carlos María Yun, Agustin Dobrila e Iván Andrés Fliess, socios en la empresa por los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas en concurso ideal con lesiones culposas y leves y cohecho activo con respecto a funcionarios policiales''. Además, pidió para ellos la imposición de una pena de inhabilitación de nueve años para ejercer el comercio.

En tanto para el maestro mayor de obras Gustavo Amaru -quien dio el aval para la habilitación del local- pidió una pena de cuatro años de prisión y diez años de inhabilitación para ejercer su profesión, por homicidio y lesiones. Para los cuatro funcionarios del Gobierno de la Ciudad, solicitó una condena de tres años de prisión en suspenso y una inhabilitación por diez años para ejercer cargos públicos. Se trata del ex responsable de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, Martín Diego Farrell; el ex director de Habilitaciones Especiales, Pablo Damián Saikauskas; el exjefe del Departamento de Esparcimiento, Norberto Cassano; y el arquitecto responsable de Verificaciones y Habilitaciones, Isaac Rasdolsky. Estos últimos fueron absueltos 

Por su parte para el comisario de la Policía Federal Argentina Rodolfo Cabezas y Gustavo Flaminio, Luis Acosta y Julio González requirió tres años y seis meses de prisión, e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas; lesiones culposas graves y leves; y cohecho pasivo”. Los policías fueron todos absueltos 

Finalmente la fiscalía pidió la absolución del co-organizador del recital de aquella noche, Maximiliano Fratino, al considerar que no cumplía con funciones de gestión de manera diaria en Beara y tampoco tenía información de las irregularidades.

Así también respecto a Agustín De Grazia -encargado de Beara-, el fiscal señaló que no se pudo comprobar que conociera sobre los gastos que se destinaban al pago de coimas a los policías, situación por la que había llegado a juicio. Leandro Camani y Matías Pantarotto, ambos gestores de “El Viejo Sabio”, estaban acusados de los mismos delitos que los socios. Sin embargo, Ciruzzi sostuvo que no existían pruebas de su responsabilidad.

Por último, desligó a la ex directora de Fiscalización y Control del Gobierno de la Ciudad, Vanesa Ileana Berkowski, de cualquier responsabilidad penal al considerar que su labor fue ajustada a lo que se podía realizar dentro de la normativa.

 

 

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