Boletín Oficial

Atención empresas: Los adolescentes podrán denunciarlas si brindan un mal servicio

Quedó estipulado en el Boletín Oficial que, desde hoy, los menores de edad podrán iniciar denuncias contra las empresas de productos y servicios si están disconformes con alguna prestación.

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MDZ Radio martes, 16 de marzo de 2021 · 11:56 hs
Atención empresas: Los adolescentes podrán denunciarlas si brindan un mal servicio

La Secretaría de Comercio, mediante la resolución 236/21, dejó estipulada que desde hoy los adolescentes a partir de 13 años de edad podrán iniciar reclamos en Defensa del consumidor, en instancias como COPREC - Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo - y recalca que cuando comience el proceso administrativo deberán estar acompañados por un adulto. 

Paula Español, Secretaria de Comercio Interior, se refirió al proyecto y expresó: “Frente al avance de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), las y los adolescentes se ven inmersos en relaciones de consumo en el entorno digital, que acrecientan su vulnerabilidad, por lo que se vuelve imperioso establecer canales de denuncia o reclamos frente a vulneraciones en el ejercicio de sus derechos como usuarios y consumidores”. 

La resolución contempla un dispositivo de actuación específico, por su calidad de consumidores hipervulnerables, frente a los reclamos presentados ante la Ventanilla Única Federal (VUF), el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC) y el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC); y también brinda la posibilidad de que participen en las audiencias con un abogado de la niñez.

La nueva normativa invita a las Provincias para que adhieran a la medida y, dentro de sus respectivas competencias, adopten los mecanismos pertinentes para garantizar en sus jurisdicciones los derechos de las niñas, niños y adolescentes como usuarios y consumidores.

Según resaltan desde Defensa al Consumidor, estos procedimientos especiales, tienen sus bases en el Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes,  donde se autoriza a las personas menores de edad a reclamar ante las autoridades frente la vulneración de algún derecho. 

Además, queda expuesto, que las actas de conciliación deberán redactarse en lenguaje claro y con una redacción simple que permita la comprensión de lo escrito y que la manifestación de la voluntad de las y los menores será suficiente a lo largo del procedimiento conciliatorio. 

 

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