Contratos de trabajo

Todo lo que tenés que saber si este año no usaste tus días de vacaciones en el trabajo

Con el fin de la temporada alta cada vez más cerca, te contamos qué hacer si todavía no te tomaste tus vacaciones en el trabajo.

Luna Brailovsky viernes, 8 de marzo de 2024 · 16:58 hs
Todo lo que tenés que saber si este año no usaste tus días de vacaciones en el trabajo
Foto: MDZ

Con la temporada alta casi llegando a su fin, son muchas las personas que por distintos motivos no pudieron tomarse sus días de vacaciones. Es por eso que surge la duda sobre qué pasa con los días de vacaciones no gozados.

En Argentina, la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece que los trabajadores tienen derecho a un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado, es decir, que si trabajás tenés derecho a que te den cierta cantidad de días corridos de descanso durante el año.

A partir de los 6 meses, corresponden 14 días corridos de vacaciones, mientras que si trabajaste menos de 6 meses tenés 1 día de vacaciones por cada 20 días de trabajo efectivo. El empleador debe darte tus vacaciones dentro del período comprendido entre el 1° de octubre de un año y el 30 de abril del año siguiente.

Todo lo que tenés que saber si este año no usaste tus días de vacaciones en el trabajo

¿Qué pasa si no tomé mis vacaciones este año?

Si no tomaste tus vacaciones este año, depende del tipo de lugar en el que trabajes cuales son los pasos a seguir. Por ley,  el empleado o empleada no puede canjear por dinero u otro tipo de compensación sus días de vacaciones.

Además, la ley de contrato de trabajo establece que solo se podrá acumular la tercera parte de un período inmediatamente anterior al que se va a gozar, siempre y cuando esa acumulación sea previamente convenida entre el trabajador y el empleador.

¿Qué pasa si mi empleador no me quiere dar las vacaciones?

Si tu empleador no te quiere dar las vacaciones, podés recurrir a la justicia laboral. La ley te ampara y te permite reclamar tus vacaciones.

¿Me pagan las vacaciones si no me las tomo?

Sí, te tienen que pagar las vacaciones aunque no las tomes. El pago de las vacaciones se calcula de la siguiente manera:

  • Trabajadores mensualizados: se divide por 25 el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento. Eso da como resultado un plus del 20% en el cálculo, el cual se lo conoce como plus vacacional.
  • Trabajadores jornalizados: se abonará por cada día de vacación el importe que le hubiere correspondido percibir al trabajador en la jornada anterior a la fecha en que comience en el goce de las mismas, tomando a tal efecto la remuneración que deba abonarse conforme a las normas legales o convencionales o a lo pactado, si fuere mayor. Si la jornada habitual fuere superior a la de 8 horas, se tomará como jornada la real, en tanto no exceda de 9 horas.
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