Verano en Brasil: los nuevos requisitos para ingresar y las excepciones
Brasil compartió este lunes 20 de diciembre los nuevos requisitos de ingreso a su territorio, los cuales se aplicarán a residentes y extranjeros. Estas medidas entraron en vigencia ayer y aplican para quienes entren por vía terrestre o aérea.
Ya se había anunciado que Brasil pediría a quienes quisieran entrar a este país desde el exterior un pasaporte de vacunación con el esquema completo contra covid-19. Según el documento publicado, las dosis deben ser de las vacunas aprobadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria de Brasil (Anvisa) o por las autoridades del país donde se vacunó el viajero, “cuya aplicación de la última dosis o dosis única se haya producido al menos 14 días antes de la fecha de envío".
Requisitos para ingresar a Brasil
Vía Aérea
Antes del embarque:
- Cada pasajero deberá presentar a la aerolínea con la cual viajará hacia Brasil el documento digital o impreso que acredite que ya recibió las dosis correspondientes.
- Presentar ante la aerolínea responsable del vuelo, un documento que acredite que se realizó una prueba para detectar la infección del coronavirus o test de antígeno, cuyo resultado debe ser negativo, realizada dentro de las veinticuatro (24) horas anteriores al momento del embarque, o RT-PCR de laboratorio, realizada dentro de las setenta y dos (72) horas previas al momento del embarque.
- Si el vuelo amerita conexiones o escalas, en las que el pasajero deba permanecer en una zona restringida del aeropuerto, se considerarán los plazos mencionados anteriormente en relación al embarque del primer tramo del viaje. En caso de que durante las conexiones o escalas, el pasajero no permanezca en una zona restringida del aeropuerto teniendo que pasar por migración y que además, supere las setenta y dos (72) horas desde la realización de la prueba de RT-PCR o veinticuatro (24) horas del antígeno, “el viajero deberá presentar un documento que acredite la realización de una nueva prueba, RT-PCR o antígeno, con resultado negativo” de covid-19 en el check-in antes de embarcar hacia Brasil.
- Presentar ante la aerolínea con la cual vuela un formulario completado, impreso o electrónico, de la Declaración de Salud del Viajero (DSV), en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, antes de tomar el vuelo hacia Brasil, en la que manifiesta estar de acuerdo con las medidas sanitarias que deberá cumplir durante el período en que se encuentre en el país.
Algunas excepciones
Según informó el Gobierno de Brasil, estos requisitos pueden tener excepciones.
- Algunos pasajeros en específico quedarán exentos de presentar el certificado de inmunización contra covid-19. Entre ellos destacan a las personas que tengan alguna condición de salud que contraindique la vacunación, siempre que esté certificado por un informe médico.
- También quedan dispensados quienes no tengan la edad necesaria para ser vacunados, de acuerdo con los criterios definidos por el Ministerio de Salud de Brasil.
- Además, el certificado no será obligatorio quienes ingresen por cuestiones humanitarias o provengan de países con baja cobertura de vacunación publicado por el Ministerio de Salud brasileño y publicado en el sitio web del Ministerio.
- Quedan fuera de la obligatoriedad de presentar el carnet de vacunación completo los ciudadanos brasileños y extranjeros residentes en territorio de Brasil que no estén completamente vacunados.
- Los viajeros exentos de presentar el certificado de vacunación deberán hacer cuarentena durante catorce (14) días en la ciudad de destino final y en la dirección registrada en la Declaración de Salud del Viajero (DSV). Dicha cuarentena podrá ser interrumpida, si el pasajero presenta un resultado negativo de una prueba RT-PCR o un test de antígeno realizado a partir del quinto día después del inicio de la cuarentena, siempre y cuando el viajero no presente ningún tipo de síntomas relacionados con el coronavirus.
- Los brasileños y extranjeros residentes en Brasil, que hayan salido del país hasta antes del pasado 14 de diciembre de 2021, están exentos de presentar la prueba de vacunación o de hacer la cuarentena al regreso. Sin embargo, deberán presentar el resultado negativo de un PCR o prueba de antígenos.